SIN INFORMACION

ESPINOZA/DELGADO

Rol

Fecha

9 de septiembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Miguel Ángel Espinoza Arce, en representación del medio de comunicación “Piensa Prensa” quien recurre de protección en contra de la Subsecretaria de Prevención del Delito y del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por el acto arbitrario e ilegal consistente en el instructivo del 05 de abril de 2021 que ordena a “Periodistas y miembros de los medios de comunicación (canales de TV, prensa escrita, radio y medios de comunicación online) y Periodistas colegiados en el Colegio de Periodistas de Chile, que deberán portar su credencial del colegio vigente y certificado de título profesional de una Universidad reconocida por el Estado”, disposición que afecta la garantía constitucional del artículo 19 Nº12 de la Constitución Política de la República. Explica que, el referido instructivo impide a los medios de comunicación independientes el ejercicio del derecho a informar, esto porque, al exigir la exhibición de la credencial y el certificado de título profesional para obtener el salvoconducto se limita la labor de quienes participan de medios de comunicación independientes quienes en su mayoría son documentalistas y fotógrafos. Refiere que, la exigencia de un título profesional afecta el trabajo realizado por comunicadores, quienes registran imágenes y las comparten a través de las redes sociales. Sostiene que, la medida adoptada por la autoridad suprime la libertad de circulación y de expresión de quienes se desempeñan como comunicadores, además limita las fuentes de información reduciéndolas solo a los periodistas titulados y colegiados. Si bien, el recurrente señala comprender que esta medida fue adoptada en el contexto de la pandemia por COVID-19, igualmente afirma que la medida resulta arbitraria e ilegal puesto que, la necesidad de adoptar medidas sanitarias no justifica la exigencia de título o credencial de un colegio profesional para desarrollar una labor informativa. A mayor abundamiento, alega que lo

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza el recurso de protección deducido por Miguel Ángel Espinoza Arce, en representación del medio de comunicación “Piensa Prensa” y el Colegio de Periodistas de Chile en contra de la Subsecretaria de Prevención del Delito y del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Protección-4748-2021. Pronunciada por la Tercera Sala, integrada por los Ministros señora Dobra Lusic Nadal, señor Alejandro Rivera Muñoz y señora Jenny Book Reyes. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, nueve de septiembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, nueve de septiembre de dos mil veintidós. Proveyendo a los folios 23 y 24; Téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Miguel Ángel Espinoza Arce, en representación del medio de comunicación “Piensa Prensa” quien recurre de protección en contra de la Subsecretaria de Prevención del Delito y del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por

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