SILVA NUBE NANCY - EMPRESA WOM S.A
Rol
Fecha
9 de septiembre de 2022
Materia
SIN MATERIA
Resultado
REVOCA Y CONFIRMA CON DECLARAC
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de su motivo Décimo Segundo que se elimina. Y, se tiene en su lugar y además presente: Primero: Que en lo que hace al daño moral, este supone una aflicción o dolencia mayor que el malestar que naturalmente ha de causar una situación como la que vivió la demandante, tiene que traducirse en una afectación sicológica que debe acreditase en juicio, en cuanto a su origen y extensión y, hecho ello, se regulará prudencialmente el monto indemnizatorio que se otorgará. Así, el daño moral debe ser justificado por quien lo invoca, y atento la regla prevista en el artículo 1698 del Código Civil, correspondía al actor probar su existencia. Segundo: Que nada de ello ocurrió en estos autos pues la parte demandante no allegó probanza alguna para acreditar la existencia del daño moral reclamado, por lo que el recurso de apelación deducido por el demandado será acogido en esta parte. Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley N° 18.287, se resuelve: I.- Se revoca la sentencia apelada de veinte de noviembre de dos mil diecinueve, dictada por el 2° Juzgado de Policía Local de Santiago, en aquella parte que condena a la demandada a pagar a título de daño moral la suma de $50.000 (cincuenta mil pesos) y se declara que se rechaza lo demandado por dicho concepto. II.- Se confirma, en lo demás apelado, la referida sentencia, con declaración que la multa impuesta se rebaja a una Unidad Tributaria Mensual. Regístrese y devuélvase. N° 533-2020-Policía Local. Pronunciada por la Décima Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago integrada con las ministras Carolina Vásquez Acevedo, Claudia Lazen Manzur y Beatriz Cabrera Celsi.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley N° 18.287, se resuelve: I.- Se revoca la sentencia apelada de veinte de noviembre de dos mil diecinueve, dictada por el 2° Juzgado de Policía Local de Santiago, en aquella parte que condena a la demandada a pagar a título de daño moral la suma de $50.000 (cincuenta mil pesos) y se declara que se rechaza lo demandado por dicho concepto. II.- Se confirma, en lo demás apelado, la referida sentencia, con declaración que la multa impuesta se rebaja a una Unidad Tributaria Mensual. Regístrese y devuélvase. N° 533-2020-Policía Local. Pronunciada por la Décima Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago integrada con las ministras Carolina Vásquez Acevedo, Claudia Lazen Manzur y Beatriz Cabrera Celsi.
Texto Completo (Preview)
Certifico: Que se anunció, escuchó relación y alegó revocando el abogado don Paulino Varas Díaz. Santiago, 9 de septiembre de 2022. Santiago, nueve de septiembre de dos mil veintidós. Al escrito folio N° 8: Téngase presente. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de su motivo Décimo Segundo que se elimina. Y, se tiene en su lugar y además presente: Primero: Que en lo que hac
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