2º JUZGADO POLICIA LOCAL DE LAS CONDES

BANCO SANTANDER - CHILE/GALAZ

Rol

Fecha

9 de septiembre de 2022

Materia

SIN MATERIA

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley N° 18.287, se confirma la sentencia apelada de siete de enero de dos mil veinte, dictada por el 2° Juzgado de Policía Local de Las Condes, con costas del recurso. Acordada la confirmatoria del rechazo del daño moral, con el voto en contra de la ministra Vásquez Acevedo, quien estuvo por acceder a dicho concepto y regularlo prudencialmente en la suma de $1.000.000 (un millón de pesos). Para ello tiene presente que, encontrándose obligada la actora a demostrar la existencia de dicho detrimento, la prueba documental producida -en especial el contrato de promesa firmado por ella- y en el contexto en que se produce la infracción, le permiten presumir la existencia de un daño efectivo que supera a las meras molestias que se pueden producir ante un simple incumplimiento comercial. Al respecto, está demostrado en el proceso que la actora solicitó a principios de diciembre un crédito hipotecario para la adquisición de un departamento lo que le permitió, de acuerdo a la aprobación informada por el ejecutivo del banco, que pagara una reserva y pudiera firmar una promesa de compra con la inmobiliaria, con las obligaciones económicas que ello significa. No obstante y después de varias respuestas evasivas del ejecutivo, a fines de enero del año siguiente, se le comunica de modo informal que no se otorgó dicho crédito lo que la llevó a incumplir la promesa suscrita. En el escenario descrito, entiende la disidente que la actora se vio afectada por la tardanza en la respuesta requerida reiteradamente al ejecutivo sobre el avance del trámite para la confección de escritura, quien siempre reiteró que todo estaba aprobado solo que con demora, informándosele aproximadamente un mes y medio después de firmada la promesa, que el crédito no había sido aprobado en los términos acordados, desconociéndose así lo informado con anterioridad y que llevó a la actora a proce

Texto Completo (Preview)

Certifico: Que se anunciaron, escucharon relación y alegaron revocando la abogada doña Javiera Cavicchioli Nicolai y confirmando el postulante Nicolás Hevia Pain. Santiago, 9 de septiembre de 2022. Santiago, nueve de septiembre de dos mil veintidós. A los escritos folios N°s 39, 40 y 41: A todo, téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad a lo dispuesto en

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