FISCAL C/ FERNANDO ANDRES SAEZ ALFARO
Rol
Fecha
9 de septiembre de 2022
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedente, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, por mayoría de los miembros de esta sala, se estima que concurren los presupuestos del artículo 140 del Código Procesal Penal, por cuanto los antecedentes incorporados por el órgano persecutor, son suficientes para acreditar la existencia del delito y presumir fundadamente la participación de la imputada, y respecto de la necesidad de cautela, se tiene en consideración la gravedad de la pena asignada al delito investigado, la cantidad de droga incautada, el bien jurídico afectado, esto es, la salud pública, tanto general o individual, el hecho de haber actuado en grupo o pandilla y, que en la eventualidad de dictarse sentencia condenatoria, es improbable que la encartada pueda acceder a alguna pena sustitutiva, por lo que la prisión preventiva aparece como necesaria, idónea y proporcional, SE CONFIRMA la resolución de fecha uno de septiembre de dos mil veintidós, dictada por el Juez de Garantía de Lautaro don Eduardo Pérez Yáñez, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de la imputada CONSTANZA MONSERRAT MARTÍNEZ CÁCERES, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Decisión adoptada contra el voto del Fiscal Judicial Sr. Juan Santana Soto, quien estuvo por sustituir la medida cautelar en los términos solicitados por la defensa, por estimar que los antecedentes invocados por el Ministerio Público son insuficientes para presumir fundadamente la participación de la imputada en el delito por el cual fue formalizada. Comuníquese el tribunal A Quo lo resuelto. Penal-781-2022.(fcv)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, nueve de septiembre de dos mil veintidós. A los folios N° 4 y 5: A todo Téngase presente. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedente, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, por mayoría de los miembros de esta sala, se estima que concurren los presupuestos del artículo 140 del Código Procesal Penal, por cuanto los antecedentes incorporados por el órgano persecu
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica