JUZGADO DE GARANTIA DE OSORNO

MINISTERIO PUBLICO C/ MARGARITA AMALIA OYARZUN NAIPIL

Rol

Fecha

8 de septiembre de 2022

Materia

PARRICIDIO.ART. 390.

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en esta audiencia, se REVOCA la resolución apelada de fecha seis de septiembre de dos mil veintidós y en su lugar se decreta la medida cautelar de prisión preventiva por constituir la libertad de la imputada un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuniqúese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el articulo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digltador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol N° 983-2022 REF, El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, ocho de septiembre de dos mil veintidós. Sr. Alejandro Clunes Muñoz, Relator. En Valdivia, ocho de septiembre de dos mil veintidós, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Sr. Juan Vio Vargas, Secretario Titular. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. Alejandro Alberto Clunes Muñoz Fecha: 08/09/2022 12:19:57 A contar del 02 de abril de 2022, la hora visualizada correspor»de al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antartica Chilena sumar urta hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más in form ación consu lte http://www.horaoficial.cl http://verificadoc.pjud.cl http://www.horaoficial.cl

Fundamentos

fundamentos del Juez de Garantía para ello. Agrega que no existen antecedentes suficientes para decretar la prisión preventiva, pudiendo cautelarse la seguridad de la sociedad y asegurar los fines del procedimiento con las medidas decretadas por el Juez de la causa. Los abogados hacen uso de su derecho a réplica, insistiendo en sus planteamientos. La Sra. Presidenta de la Sala da por terminada la intervención, comunica y da lectura a la siguiente resolución: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en esta audiencia, se REVOCA la resolución apelada de fecha seis de septiembre de dos mil veintidós y en su lugar se decreta la medida cautelar de prisión preventiva por constituir la libertad de la imputada un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuniqúese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el articulo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digltador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol N° 983-2022 REF, El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, ocho de septiembre de dos mil veintidós. Sr. Alejandro Clunes Muñoz, Relator. En Valdivia, ocho de septiembre de dos mil veintidós, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Sr. Juan Vio Vargas, Secretario Titular. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. Alejandro Alberto Clunes Muñoz Fecha: 08/09/2022 12:19:57 A contar del 02 de abril de 2022, la hora visualizada correspor»de al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antartica Chilena sumar urta hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más in form ación consu lte http://www.horaoficial.cl http://verificadoc.pjud.cl http://www.horaoficial.cl

Texto Completo (Preview)

A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DÍA OCHO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDÓS, PARA LA VISTA - POR LA SEGUNDA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA- DEL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR EL MINISTERIO PÚBLICO EN CAUSA RUC 2200372422-2, RIT 5498 - 2022. ROL CORTE N° 983 -2022 REF. Siendo las 9.39 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia con la asistencia de la Ministra y Pre

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