SIN INFORMACION

MONTILLA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

8 de septiembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

DE FALLO

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Luis Zurita Torres, egresado en Derecho, en representación de don Eric Lianmar Arias Rivas, de doña Joely Valeria Bravo Henríquez, y del menor de edad don Santiago Alejandro Montilla Bravo, que corresponden a una familia y de nacionalidad venezolana, quien interpone acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión arbitraria e ilegal con relación al injustificado retraso en la aprobación de la permanencia definitiva, lo que vulnera las garantías constitucionales establecidas en el artículo 19 N° 1 y 2 de la Constitución Política de la República. Indica que el 8 de enero de 2020 el Sr. Arias Rivas, y el 3 de julio de 2020 los otros dos recurrentes, efectuaron solicitud de permanencia definitiva ante la autoridad migratoria. Refiere que a la fecha habiendo transcurrido alrededor de dos años desde que se realizaron dichas solicitudes, la recurrida no se ha pronunciado sobre éstas, prolongando de manera ilegal y arbitraria el plazo establecido en la ley 19.880 para la resolución de los procesos administrativos, sin dictar un acto administrativo terminal. Precisa que mantienen su cédula de identidad vencida, que les ha impedido efectuar trámites bancarios, financieros, postular a beneficios estudiantiles para el niño, lo que deviene en una sensación de preocupación y angustia. Afirma que la recurrida ha vulnerado flagrantemente lo dispuesto en los artículos 7, 23 y 27 de la ley 19.880 que establece las bases de los procedimientos administrativos, y que la demora injustificada en el pronunciamiento de la solicitud de permanencia definitiva de los afectados evidencia una desigual aplicación de las disposiciones legales antes señaladas en relación con otras personas que, en igual situación que los actores, han podido tramitar sus respectivas solicitudes de permanencia definitiva dentro de los plazos legales correspondientes. Solicita que ordene a la recurrida a reso

Fallo

fallo de la presente acción. SEGUNDO: Que comparece evacuando informe, don Francisco Javier Alarcón Calderón, abogado del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción entablada, al no existir acto u omisión de la autoridad que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal. Señala que en el caso de Eric Lianmar Arias Rivas con fecha 13 de noviembre de 2020, solicitó ante esa autoridad permiso de residencia definitiva. Indica que según Resolución Exenta N°22110867, de fecha 28 de febrero de 2022, dicha solicitud se encuentra en etapa de análisis resolutivo. Refiere que con relación a Joely Valeria Bravo Henríquez con fecha 22 de junio de 2021, solicitó ante esa autoridad permiso de residencia definitiva. Afirma que actualmente, por Resolución Exenta N°21226364, de fecha 04 de diciembre de 2021, dicha solicitud se encuentra en etapa de análisis intermedio. Sostiene que, en el caso de Santiago Alejandro Montilla Bravo, el 03 de julio de 2020, solicitó ante esa autoridad permiso de residencia definitiva. Expone que por Resolución Exenta N°21480131, de fecha 13 de diciembre de 2021, dicha solicitud se encuentra en etapa de análisis resolutivo. Expresa que según lo señalado por el artículo 27 de la Ley N° 19.880, el plazo del procedimiento administrativo podrá ser mayor a seis meses cuando exista caso fortuito o fuerza mayor, entendiéndose como tal, una pandemia de carácter mundial y el estado de emergencia en el cual se encuentra el país y, que por lo

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, ocho de septiembre de dos mil veintidós. Al escrito de folio N° 14, se provee: a todo téngase presente y por acompañado. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Luis Zurita Torres, egresado en Derecho, en representación de don Eric Lianmar Arias Rivas, de doña Joely Valeria Bravo Henríquez, y del menor de edad don Santiago Alejandro Montilla Bravo, que c

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