SIN INFORMACION

GINA CIARROCCHI SOTO / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

9 de septiembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado don Kevin Canedo Cueto por la ciudadana venezolana doña Gina Paola Ciarrocchi Soto, domiciliada en Lo López N°321-2b, Isla de Maipo, para recurrir de protección contra el Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Luis Thayer Correa, domiciliados en San Antonio 580, Santiago, por omitir pronunciamiento respecto de la visa de permanencia definitiva solicitada el 16 de octubre de 2020, lo que califica como ilegal, arbitrario y lesivo de sus derechos consagrados en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, en la medida que constituye una transgresión de los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley 19.880. Pide, en definitiva, que se acoja con costas el recurso y se ordene a la autoridad recurrida resolver sin más trámite la visa solicitada, mediante un acto administrativo terminal en días corridos. Segundo: Que la abogada doña Stephanie Pinto González informa que la solicitud está en etapa administrativa de análisis avanzado desde el 5 de diciembre de 2021, que incluye a) análisis de documentos fundantes y evaluación económica del solicitante; b) generación y solicitud de orden de giro para pago de derechos, si corresponde; c) análisis documental avanzado de acuerdo a la actividad económica declarada de cada solicitante. Por ejemplo, liquidaciones de remuneraciones, certificado de cotizaciones, boletas de honorarios, pagos de IVA mensual, balances, declaraciones de impuesto a la renta, entre otros; y d) acreditación de vínculos familiares mediante documentos idóneos cuando sea pertinente. Asegura, además, que la persona por quien se recurre se encuentra regularmente en el territorio de la República al tenor del artículo 157 del reglamento de la Ley de Extranjería, estima improcedente la aplicación del silencio administrativo en la especie y sostiene que, por el estado de emergencia en que se encontraba el país a raíz de la pandemia mundial suscitada por Covid-19, se configura un cas

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de doña Gina Paola Ciarrocchi Soto en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto se dispone que ésta repartición deberá emitir pronunciamiento definitivo sobre la solicitud planteada, dentro del plazo de treinta días corridos contados desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N° 20082-2022 Protección.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, nueve de septiembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado don Kevin Canedo Cueto por la ciudadana venezolana doña Gina Paola Ciarrocchi Soto, domiciliada en Lo López N°321-2b, Isla de Maipo, para recurrir de protección contra el Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Luis Thayer Correa, domiciliados en San Antonio 580, Sant

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