SIN INFORMACION

INOSTROZA CÁCERES JUAN JEREMÍAS/POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE - SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN - 7° TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO - 13° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO

Rol

Fecha

7 de septiembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que con fecha 25 de agosto del año en curso se dedujo acción de amparo en favor de don Juan Jeremías Inostroza Cáceres en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, por el acto arbitrario e ilegal consistente en mantener vigente una medida de arraigo que ha sido dejada sin efecto, lo que estima vulnera las garantías contenidas en el artículo 19 N° 7 de la constitución Política. Solicita se acoja el recurso y en definitiva se ordene a la recurrida eliminar la señalada medida cautelar. Expone que ingresó una solicitud de pasaporte, el que le fue concedido, no obstante aún registra medidas cautelares personales de arraigo nacional por causas que se encuentran cumplidas, y respecto de las cuales, inclusive se han ordenado sus respectivos alzamientos como dan cuenta los correos acompañados pero que no han sido efectivamente alzadas, sin un sustento legal, afectando así la libertad de desplazamiento del amparado quien no puede salir del país, constituyendo una actitud arbitraria en su contra. Reconoce que mantiene arraigo nacional ordenado por el 7° TOP en causa RIT 99-2006, RUC N° 0600051014-7, la que se encuentra firme y ejecutoriada con fecha 11 de octubre de 2006; asimismo la competencia de dicha causa en cuanto a su cumplimiento corresponde al 13° juzgado de Garantía de Santiago en causa RIT N°249 – 2006, RUC N° 0600051014-7. No obstante, lo anterior y a pesar que se ordenó dejar sin efecto las medidas cautelares de firma y arraigo a su respecto, éstas a la fecha siguen vigentes sin fundamento legal alguno y, por un error administrativo, la Policía de Investigaciones a pesar de ser notificada del alzamiento de la cautelar de arraigo nacional, lo mantiene vigente, pero confunde la nomenclatura del tribunal toda vez que la única causa en la cual se ordenó dicha cautelar y se alzó finalmente es la RIT 99-2006 que pertenece al 7° Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago y cuya ejecución depende del 13° Juzgado de Garantía

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de don Juan Jeremías Inostroza Cáceres en contra de la Policía de Investigaciones de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-3410-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, siete de septiembre de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: Primero: Que con fecha 25 de agosto del año en curso se dedujo acción de amparo en favor de don Juan Jeremías Inostroza Cáceres en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, por el acto arbitrario e ilegal consistente en mantener vigente una medida de arraigo que ha sido dejada sin efecto, lo que

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