11B0 JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

M.P C/ TOMAS GALLEGO FEIJOO

Rol

Fecha

7 de septiembre de 2022

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Que, de acuerdo al mérito de lo expuesto en la audiencia, aparece que no han variado sustancialmente las circunstancias que se tuvieron en consideración para imponer la prisión preventiva. En efecto, en este estadio procesal, se encuentran justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto de los delitos por los que fue formalizada la investigación, y se estima, además, que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada,

Fundamentos

considerando la gravedad de los ilícitos y pena probable a imponer, lo que torna insuficiente las restantes medidas cautelares. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veintinueve de agosto del año en curso, dictada por el 11° Juzgado de Garantía de Santiago en la causa RIT 3668-2022 que mantuvo la prisión preventiva del imputado Tomás Gallego Feijoo. Acordada contra el voto de la ministra Sylvia Pizarro Barahona quien estuvo por revocar la referida resolución y conceder alguna de las medidas del artículo 155 del Código Procesal Penal, esto es, arresto domiciliario total y prohibición de salir del país, por entender que con ello se satisface la necesidad de cautela. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. Nº 2457-2022 Penal.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, siete de septiembre de dos mil veintidós. Sala: Cuarta Rol Corte: 2457-2022 Ruc: 2200709282-6 Rit : 3668-2022 11° Juzgado de Garantía de Santiago Relatora: Florencia Sáez Bugmann Fiscal: María Natalia Soto Defensa: Edgardo Cristi Imputado: Tomás Gallego Feijoo Materia: Apelación cautelar Escritos: 2 San Miguel, siete de septiembre de dos mi veintidós. Vistos y oídos los interviniente

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