SIN INFORMACION

AIXING CHEN / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

7 de septiembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Aixing Chen, de nacionalidad china, cédula nacional de identidad Nº 26.725.121-5, domiciliado en Padre Hurtado Nº 13192 El Bosque, deduciendo recurso de protección en contra el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, actual Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Thayer Correa, con domicilio en San Antonio 580, tercer piso, comuna de Santiago, pues sostiene que se incurrió en una afectación ilegal y arbitraria de su derecho fundamental consagrado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, al omitir pronunciarse sobre la permanencia definitiva solicitada. Explica que ingresó al país con el propósito de establecerse y desarrollar su proyecto de vida en Chile. En ese sentido, el 27 de febrero de 2020 solicitó la permanencia definitiva y a la fecha no se la ha liberado la orden de pago para la obtención del beneficio. Agrega que el sitio web de la recurrida señala un avance de 100% en el trámite, lo que es sumamente contradictorio entendiendo que no ha recibido resolución ni notificación del proceso. Sostiene que la omisión de la recurrida le ha dificultado una serie de trámites, toda vez que su cédula de identidad no está vigente, añadiendo que posee un manejo básico del español, lo que ha dificultado su defensa. Indica además que, dada su situación migratoria se le ha impedido visitar a su familia o tramitar la visa de reunificación familiar para que ésta viva en el país. Refiere que la recurrida vulnera el derecho a la igualdad ante la ley en virtud de lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de Ley N°19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, en especial el principio de celeridad que debe regir en el actuar de la autoridad pública. Pide, en definitiva, que se ordene al organismo recurrido pronunciarse al respecto dentro de un plaz

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge, el recurso de protección deducido en favor de Aixing Chen, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, continuador legal del Departamento de Extranjería y Migración, solo en cuanto se ordena al recurrido que dentro del plazo de sesenta días emita un pronunciamiento definitivo sobre la solicitud planteada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Protección Nº 20.596-2022

Texto Completo (Preview)

San Miguel, siete de septiembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Aixing Chen, de nacionalidad china, cédula nacional de identidad Nº 26.725.121-5, domiciliado en Padre Hurtado Nº 13192 El Bosque, deduciendo recurso de protección en contra el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, actual Servicio Nacional de

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