SIN INFORMACION

GUERRERO URIBE VICTOR HUGO / GENDARMERIA DE CHILE

Rol

Fecha

6 de septiembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INCOMPETENCIA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1) Que, de acuerdo a los antecedentes que obran en la causa, especialmente del informe evacuado a folio N°5, aparece que el amparado se encuentra recluido en el Centro de Detención Preventiva de Puente Alto. 2) Que el artículo 21 de la Constitución Política de la República dispone que tal recurso debe ser conocido “por la magistratura que señale la ley”, mandato que cumple el artículo 63 del Código Orgánico de Tribunales, señalando que corresponde a las Cortes de Apelaciones conocer en primera instancia de los recursos de amparo. Luego,

Fundamentos

considerando que la autoridad recurrida tiene su sede en la comuna de Puente Alto y tomando en cuenta lo establecido en el artículo 55, letra h) de la misma Ley Orgánica Constitucional, resulta que este asunto ha sido atribuido por la ley a la jurisdicción de la Corte de Apelaciones de San Miguel.

Fallo

Por estas consideraciones y conforme a las disposiciones citadas, se declara la incompetencia de esta Corte. Remítase por la vía más rápida los antecedentes a la Corte de Apelaciones de San Miguel, por estimarse que le corresponde el conocimiento y resolución de este asunto. N°Amparo-3456-2022.

Texto Completo (Preview)

chv C.A. de Santiago Santiago, seis de septiembre de dos mil veintidós. Al folio N°9: A lo principal, téngase por evacuado informe de Gendarmería de Chile. Al otrosí, por acompañados, a sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: 1) Que, de acuerdo a los antecedentes que obran en la causa, especialmente del informe evacuado a folio N°5, aparece que el amparado se encuentra recluido en el Centr

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