SIN INFORMACION

GUTIERREZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

6 de septiembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece Lina Paola Angarita Arias, abogada, en favor de Luis Alfredo Gutiérrez Cuellar, colombiano, interponiendo acción constitucional de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por la omisión arbitraria e ilegal consistente en no emitir pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva, presentada el 15 de julio de 2020, conculcando el derecho fundamental de igualdad ante la ley consagrado en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, en concordancia con el artículo 27 de la Ley N°19.880. Fundando la acción expone que el actor ingresó al país y fue titular de visa consular sujeta a contrato titular, por lo que el 15 de julio de 2020, solicitó el beneficio migratorio de permanencia definitiva, según consta en solicitud N° 7539668, sin embargo a la fecha no ha recibido ninguna comunicación por parte de extranjería, lo que lo mantiene en una situación de incertidumbre y preocupación. En cuanto a la ilegalidad y arbitrariedad del acto recurrido cita fallo de la Excma. Corte Suprema y, señala que ésta se produce por el excesivo tiempo en la tramitación y en dar respuesta a la solicitud de permanencia definitiva, habiendo transcurrido 16 meses desde su presentación, encontrándose con estado de avance del 64%. Destaca que, cobra importancia lo dispuesto en los artículos 4, 7, 8, 9, 23 27 de la Ley N°19.880, en particular los artículos 7 y 27 que consagran el principio de celeridad y conclusivo en los procedimientos administrativos. Previas citas legales solicita se ordene a la recurrida se cumplan los plazos señalados por la Ley N° 19.880, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. Segundo: Que, comparece Carolina Fernandoy Catalán, abogada del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, en representación de Álv

Fallo

fallo de la Excma. Corte Suprema y, señala que ésta se produce por el excesivo tiempo en la tramitación y en dar respuesta a la solicitud de permanencia definitiva, habiendo transcurrido 16 meses desde su presentación, encontrándose con estado de avance del 64%. Destaca que, cobra importancia lo dispuesto en los artículos 4, 7, 8, 9, 23 27 de la Ley N°19.880, en particular los artículos 7 y 27 que consagran el principio de celeridad y conclusivo en los procedimientos administrativos. Previas citas legales solicita se ordene a la recurrida se cumplan los plazos señalados por la Ley N° 19.880, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. Segundo: Que, comparece Carolina Fernandoy Catalán, abogada del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, en representación de Álvaro Bellolio Avaria, jefe del precitado Departamento, evacuando el informe requerido, solicitando su rechazo en todas sus partes, ya que no se configuran los presupuestos constitucionales ni legales para su interposición, debiendo ser considerada como improcedente al no existir acto u omisión de la autoridad que pueda ser calificado como tal y que atente en contra de alguna de las garantías consagradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República. Indica que el 15 de julio de 2020 el recurrente solicitó permiso de permanencia definitiva bajo la solicitud N° 7539668. Posteriormente, según Resolución Exenta N° 2

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, seis de septiembre de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece Lina Paola Angarita Arias, abogada, en favor de Luis Alfredo Gutiérrez Cuellar, colombiano, interponiendo acción constitucional de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por la omisión arbitrar

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