ROA/SUBSECRETARÍA DEL INTERIOR, DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN
Rol
Fecha
6 de septiembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece Manuel Alejando Roa Rojas, de nacionalidad venezolana, e interpone Acción de Protección de garantías constitucionales en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, representado por Rodrigo Javier Delgado Mocarquer, por la omisión ilegal y arbitraria en la falta de pronunciamiento respecto de la solicitud de permanencia definitiva, realizada con fecha 23 de enero de 2020, por impedir dicha omisión el principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 número 2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 19.880. En cuanto a los hechos, afirma que, con fecha 29 de octubre de 2018, obtuvo visa de responsabilidad democrática y el 23 de enero de 2020, solicitó el beneficio de permanencia definitiva. Sin perjuicio de lo anterior, manifiesta que el 25 de marzo de 2021, habiendo transcurrido 427 días desde el ingreso de la solicitud, verificó que la admisibilidad se encontraba pendiente, situación que lo perjudica porque al encontrarse su cédula de identidad vencida, no puede abrir o movilizar una cuenta bancaria, aplicar a un empleo, solicitar un crédito, adquirir una línea telefónica, contratar un servicio, suscribir documentos en Notarias, verificar antecedentes comerciales y en general toda la gama de actividades que realiza un ciudadano común en su vida social. Sostiene que la omisión arbitraria e ilegal por parte de la recurrida consiste en el excesivo tiempo de tramitación en dar respuesta a la solicitud de permanencia definitiva y destaca lo dispuesto en los artículos 7 y 23.de Ley N°19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, esto es, que el procedimiento sometido al criterio de celeridad. Por todo lo anterior, pide acoger la acción incoada, otorgar protecció
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema, sobre la materia, se rechaza, por haber perdido oportunidad, el recurso de protección deducido en favor de Manuel Alejando Roa Rojas, en contra del Departamento de Extranjería y Migración. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad archívese. N° Protección-3619-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, seis de septiembre de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece Manuel Alejando Roa Rojas, de nacionalidad venezolana, e interpone Acción de Protección de garantías constitucionales en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, representado por Rodrigo Javier Delgad
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