TESORERÍA DE TALCAHUANO

FISCO-TESORERIA PROVINCIAL DE TALCAHUANO CON MARIA SOLEDAD TORRES SOTO

Rol

Fecha

6 de septiembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: 1°.- Es un hecho que fluye de la causa que el procedimiento no ha tenido movimiento desde el 5 de febrero de 2016, donde se ordenó retrotraer la causa a la etapa de notificación en el sistema de control de cobranza, solicitando el ejecutado, el 08 de julio de 2022, el abandono del procedimiento de acuerdo a lo previsto en el artículo 152 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. 2°.- En consecuencia, en la especie se cumple la exigencia legal prevista en el artículo 153 del Código ya citado, pues entre la última gestión útil y la época de presentación de la solicitud de abandono transcurrió un plazo superior a tres años. 3°.- No es obstáculo para declarar el abandono solicitado la circunstancia que el procedimiento esté siendo sustanciado por una autoridad administrativa, esto es, el Tesorero, pues ello no cambia su naturaleza jurisdiccional, así como tampoco la aplicabilidad de las reglas del Código de Procedimiento Civil, por expreso mandato del artículo 2 del Código Tributario. Por lo demás, no ha sido prohibida su aplicación por el legislador en materias ejecutivas como la presente y constituyendo un solo todo homogéneo el expediente destinado al cobro impuestos tramitados ante Tesorería y ante el Juez civil. De otro lado, la inactividad del organismo a cargo de la ejecución amerita la aplicación de la sanción procesal en estudio. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 139 del Código Tributario, SE REVOCA, sin costas, la resolución de doce de julio de dos mil veintidós, dictada por el Juez Sustanciador y Tesorero Provincial de Talcahuano, en el expediente administrativo 10032-2012 de Hualpén y, en su lugar, se hace lugar al incidente promovido y, en consecuencia, se declara abandonado el procedimiento en esta causa. Regístrese y devuélvase. Redacción del Ministro Rodrigo Cerda San Martín. Rol Tributario y Aduanero-69-2022.

Fallo

se declara abandonado el procedimiento en esta causa. Regístrese y devuélvase. Redacción del Ministro Rodrigo Cerda San Martín. Rol Tributario y Aduanero-69-2022.

Texto Completo (Preview)

CGR/GSR C.A. de Concepción Concepción, seis de septiembre de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: 1°.- Es un hecho que fluye de la causa que el procedimiento no ha tenido movimiento desde el 5 de febrero de 2016, donde se ordenó retrotraer la causa a la etapa de notificación en el sistema de control de cobranza, solicitando el ejecutado, el 08 de julio de 2022, el abandono del

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