SIN INFORMACION

NÚÑEZ / GONZÁLEZ

Rol

Fecha

6 de septiembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: A folio 1, se deduce acción constitucional de protección en favor de doña Cecilia Lorena Núñez Robles, en su calidad de representante legal del Establecimiento de Larga Estadía para Adultos Mayores “Morada La Campana”, y en contra de don Mario Enrique González Oyarce, por los actos ilegales y arbitrarios, vulneratorios de los derechos consagrados en los numerales 4° y 24° del artículo 19 de la Constitución Política de la República, que importarían las publicaciones deshonrosas que ha realizado el recurrido en redes sociales respecto a la institución que representa. Solicita que esta Corte, restableciendo el imperio del derecho, ordene la eliminación de dicho contenido de redes sociales, de todo dispositivo de almacenamiento y la publicación de disculpas públicas en redes sociales y el medio de difusión local que esta Corte estime, con costas. Funda su arbitrio en que el 3 de octubre del presente año se entera de la existencia de diversas publicaciones en las redes sociales Instagram, Facebook y Villa Alemana Quinta Noticias, en la que se efectuaban acusaciones en contra de la residencia a su cargo, del siguiente tenor: “Me toca vivir una amarga experiencia, mi madre quien estaba como residente en @moradalacampana hace un año llegó a este lugar caminando, feliz alegre, sabemos sus enfermedades de base y que con el tiempo iba a aumentar sus problemas de desplazamientos, pero no en un año conversado con expertos en su enfermedad nos hablan de posibles causas, mala alimentación, mal tratamiento, a esto se suma una caída hace pocos días la cual no fue informada y solo fue visada por un paramédico, no hay más información como, exámenes, revisión por parte de un médico scanner o radiografías para descartar fracturas u otro tipo de problemas, por lo mismo determinamos sacarla de ahí, como si ya no bastara nos encontramos con otra sorpresa sus pertenencias no estaban, ropas joyas, libros, recuerdos aluden desgaste, que ellos no son clínica, que solo son de casa de cu

Fundamentos

considerando: Primero: Que, mediante el presente arbitrio, se ataca como ilegal y arbitraria la publicación en redes sociales de imputaciones deshonrosas respecto del Establecimiento de Larga Estadía de Adulto Mayor “Morada La Campana” de Villa Alemana, en que se atribuye maltrato o mal cuidado de una usuaria, solicitándose por la recurrente la eliminación de dichas publicaciones. Segundo: Que, del informe remitido por la Seremi de Salud, se ha dado cuenta que el referido establecimiento ha sido cerrado por sus administradores, revocándose, en consecuencia, el permiso que permitía su funcionamiento. Tercero: Que en este derrotero, no encontrándose en servicio el establecimiento que se habría visto afectado por las publicaciones desdorosas del recurrido, no existen medidas que esta Corte pueda arbitrar para el restablecimiento del derecho, habiendo perdido el recurso toda oportunidad.

Fallo

Por estas consideraciones y conforme con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza la acción de protección deducida en favor de doña Cecilia Lorena Núñez Robles en contra de don Mario Enrique González Oyarce. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-46824-2021. En Valparaíso, seis de septiembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, seis de septiembre de dos mil veintidós. Visto: A folio 1, se deduce acción constitucional de protección en favor de doña Cecilia Lorena Núñez Robles, en su calidad de representante legal del Establecimiento de Larga Estadía para Adultos Mayores “Morada La Campana”, y en contra de don Mario Enrique González Oyarce, por los actos ilegales y arbitrarios, vulneratorios

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