ÁLVAREZ/FUNDACION EDUCACIONAL CARRIZAL ¿ COLEGIO ESPIRITU SANTO
Rol
Fecha
2 de septiembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que, según el artículo 472 del Código del Trabajo, las resoluciones dictadas en los procedimientos de cumplimiento de la sentencia son inapelables, salvo que se trate de las sentencias que se pronuncian acerca de las excepciones opuestas por la parte ejecutada de conformidad con el artículo 470 del cuerpo legal citado, cuyo no es el caso de autos, se declara inadmisible, por improcedente, el recurso de apelación interpuesto por la demandante en contra de la resolución de fecha doce de agosto de dos mil veintidós, dictada por el Segundo Juzgado de Letras de San Antonio, en sus autos RIT C-19-2021. Devuélvase. N° Laboral - Cobranza-640-2022.
Fallo
se declara inadmisible, por improcedente, el recurso de apelación interpuesto por la demandante en contra de la resolución de fecha doce de agosto de dos mil veintidós, dictada por el Segundo Juzgado de Letras de San Antonio, en sus autos RIT C-19-2021. Devuélvase. N° Laboral - Cobranza-640-2022.
Texto Completo (Preview)
wgg C.A. de Valparaíso Valparaíso, dos de septiembre de dos mil veintidós. Proveyendo derechamente folio N°1, Ingreso recurso: Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que, según el artículo 472 del Código del Trabajo, las resoluciones dictadas en los procedimientos de cumplimiento de la sentencia son inapelables, salvo que se trate de las sentencias que se pronuncian acerc
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