M.P C/ ELIAS ANDRES NORAMBUENA VELASQUEZ
Rol
Fecha
2 de septiembre de 2022
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que, de acuerdo al mérito de lo expuesto en la audiencia, aparece que se encuentran justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto del delito por el que fue formalizada la investigación al imputado, y se estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en relación con lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada,
Fundamentos
considerando su naturaleza y gravedad, pena asignada al delito y eventual forma de cumplimiento, habida cuenta que el imputado registra una condena anterior en su extracto de filiación por un delito que merece igual o mayor pena, lo que torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador procesal penal a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se confirma la resolución dictada en audiencia de veinticinco de agosto del año en curso, por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que decretó la prisión preventiva del imputado Elías Andrés Norambuena Velásquez. Comuníquese vía interconexión. N° 2425-2022 Penal.
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En San Miguel, a dos de septiembre de dos mil veintidós. Sala: Tercera Sala Rol: 2425-2022 Penal Ruc: 2200827214-3 RIT: 6215-2022 Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto Integrantes: Ministros señora Adriana Sottovia Giménez y señora M. Alejandra Pizarro Soto y Fiscal Judicial señora Tita Aránguiz Zúñiga. Relator: Florencia Sáez Bugmann Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Marcos Pas
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