LOPEZ/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO SUBSECRETARIA DE INTERIOR
Rol
Fecha
1 de septiembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Arturo Valenzuela Sáez, abogado, en beneficio de César Alberto López Molero, venezolano, quien interpone recurso de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración, dependiente de la Subsecretaría del Interior, por la ilegal y arbitraria omisión de pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva presentada. Indica que el recurrente envió su solicitud de permanencia definitiva y que el plazo de respuesta se ha extendido desproporcionadamente por más de un año, ni siquiera ha recibido la orden de giro para el pago de los derechos del beneficio, lo que ha ocasionado perjuicio al recurrente, debido a las limitaciones que le genera encontrarse sin una cédula de identidad vigente y que para los efectos del Registro Civil se encuentra en un estatus de “no vigente”, con además menoscabos laborales. Plantea que al recurrente se le ha otorgado un trato discriminatorio en relación a otras personas que, en igualdad de condiciones, sí han obtenido la resolución de sus solicitudes en un plazo razonable. Se refiere en detalle al trámite de la solicitud de permanencia definitiva. Alega que no puede el Departamento recurrido desviar su responsabilidad en el hecho de que más personas extranjeras han ingresado al país, pretendiendo establecer esta situación como un caso fortuito o fuerza mayor. Sostiene que la intervención de la Administración a través del Departamento de Extranjería y Migración debe ceñirse en su actuación a los principios de celeridad, inexcusabilidad, conclusivo, contrariedad, y economía procedimental. Cita los artículos 4, 7, 14, 17, 41 y 27 de la referida Ley N° 19.880. Concluye que la dilación excesiva del Departamento de Extranjería y Migración en orden a resolver la solicitud de permanencia definitiva del recurrente, se constituye en ilegal, infringiendo lo dispuesto en los artículos 4, 7, 17 literal a) y 27 de Ley N°19.880, transgrediendo el principio de legalidad est
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se acoge la acción constitucional de protección interpuesta en favor de César Alberto López Molero, en contra del Departamento de Extranjería y Migración, hoy Servicio Nacional de Migraciones, a objeto de restablecer el imperio del derecho, sólo en cuanto, se ordena a la autoridad recurrida, dar curso a la tramitación de la solicitud de permanencia definitiva del recurrente, dentro del plazo de 30 días hábiles, adoptándose una decisión definitiva sobre el particular. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Protección-41700-2021 Pronunciada por la Cuarta Sala, integrada por la Ministra señora Paola Danai Hasbun Mancilla, el Ministro (S) señor Rodrigo Ignacio Carvajal Schnettler y el Abogado Integrante señor Rodrigo Antonio Montt Swett. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, uno de septiembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
CA Santiago Santiago uno de septiembre de dos mil veintidós VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Arturo Valenzuela Sáez, abogado, en beneficio de César Alberto López Molero, venezolano, quien interpone recurso de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración, dependiente de la Subsecretaría del Interior, por la ilegal y arbitraria omisión de pronunciamiento so
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica