SIN INFORMACION

LILIANA CAROLINA BASTIDAS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

1 de septiembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REMÍTASE CAUSA

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Hechos

VISTO: Compareció el abogado Camilo Salvador Samson Jara, abogado, domiciliado en calle Orompello 178, Concepción, por Liliana Carolina Bastidas, domiciliada en la Región Metropolitana, e interpone acción de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, hoy Servicio de Nacional de Migración, con domicilio en San Antonio 580, 6º piso, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública con domicilio en Palacio de la Moneda, Calle Moneda S/N, por privar y/o perturbar, en forma ilegal y arbitraria, los derechos garantizados en el artículo 19 N° 2 y 16 de la Constitución Política de la República. Señala que desde el 12 de noviembre del año 2018 hasta el 12 de noviembre del 2019, el Departamento de Extranjería y Migración le concedió la visa temporaria a doña Liliana Carolina Bastidas, lo cual le permitió trabajar y permanecer en Chile de manera regular. El 7 de octubre del 2019, dicho órgano admitió a trámite la solicitud de permanencia definitiva de doña Liliana que fue presentada el 14 de septiembre de 2019. Sin embargo, afirma que, el 5 de enero de 2022, doña Liliana recibió un correo mediante el cual se le comunicó del rechazo de su solicitud, sin expresión de motivo y sin resolución que la fundamentara, haciendo alusión a una presunta resolución que no ha sido informada a la recurrente, lo cual vulnera a su vez el derecho de recurrir vía administrativa. Sostiene que resulta menester destacar que la afectada se encuentra con contrato de trabajo en el país, lo que acredita los intereses que dispone en el país y, asimismo, que existe la mayor necesidad de analizar las disposiciones legales, al tenor de los criterios y principios favorables a la reunificación familiar e interés superior del niño, porque así lo ameritan las particularidades del presente caso, toda vez que la recurrente junto a su hija nacida en Chile, Stephany Luisana Rodríguez Bastidas, de tan solo 4 años de edad, a través de la permanen

Fundamentos

considerando 4 de la Resolución Exenta individualizada, el que refirió “se ha determinado que (la extranjera) no cuenta con estabilidad económica y laboral durante el período de visación anterior y

Fallo

por tanto carece de recursos que le permitan vivir en Chile sin constituir una carga social, incurriendo en lo preceptuado en el artículo 64 N° 4 de la Ley precitada (Decreto ley 1.094), en relación con el artículo 138 N° 4 del Reglamento de Extranjería; normas que se encontraban vigentes al momento de realizar el recurrente su solicitud de permanencia definitiva y al emitir este Servicio la resolución que rechazó su petición.”. Que la Resolución Exenta N° 114972, fue notificada a la recurrente por carta certificada, con fecha 24 de diciembre de 2021, al domicilio informado por la extranjera a su representado, ubicado en calle Eyzaguirre N° 766, departamento 1511, comuna y ciudad de Santiago, tal como se acredita en la Guía de Correos de Chile N° 341, que acompaña. Añade que, sin embargo, se otorgó a la recurrente una visa de residencia temporaria por el período de un año, en condición de titular y que el estampado electrónico respectivo de la visa concedida a la recurrente se encuentra disponible para ser descargado a través de la página web de trámites del servicio que representa. Finalmente, dice que se reservó a la recurrente el recurso administrativo establecido en el artículo 142 bis del Reglamento de Extranjería y los recursos contemplados en la Ley N° 19.880 y que dichos recursos no fueron ejercidos por la recurrente. Arguye que el servicio que representa procedió a rechazar la solicitud de permanencia definitiva respecto de la recurrente, mediante actos administrat

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C.A. de Concepción Concepción, uno de septiembre de dos mil veintidós. VISTO: Compareció el abogado Camilo Salvador Samson Jara, abogado, domiciliado en calle Orompello 178, Concepción, por Liliana Carolina Bastidas, domiciliada en la Región Metropolitana, e interpone acción de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, hoy Se

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