FISCO DE CHILE - C.D.E./PRIMER JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO - (LTE)
Rol
Fecha
1 de septiembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: Atendido a que la reposición de folio 130 se funda en idénticos argumentos que los expuestos a folio 88 y, habiéndose resuelto dicha reposición y apelación subsidiaria con fecha 10 de mayo del año en curso, se acoge la reposición de folio 135, por lo que se deja sin efecto parcialmente lo resuelto a folio 132, solo en cuanto a la reposición de folio 130, proveyendo en su lugar lo siguiente: A la presentación de folio 130: A lo principal y otrosí: Atendido el mérito de autos y los antecedentes que se han tenido en consideración al resolver a folio 132, no ha lugar a la reposición y apelación subsidiaria.”. Alega que sin justificación ni apoyo legal alguno; confundiendo las resoluciones impugnadas; sin hacer mención a algún motivo que diga relación con la naturaleza jurídica de la resolución que la haría inimpugnable vía apelación; y asimilando erróneamente los argumentos vertidos y las peticiones concretas de los escritos de reposición con apelación en subsidio, a folio 88 y a folio 130, el Tribunal ha negó lugar su reposición con apelación subsidiaria. Cita los artículos 158, 188 y 203 del Código de Procedimiento Civil. Sostiene que la resolución apelada subsidiariamente constituye jurídicamente un auto que altera la substanciación regular del juicio, debido a que no declara la rebeldía de la demandada en cuanto a la rendición de la prueba testimonial del testigo Skandar Iván Hani Marcell, habiendo precluído por perdida de oportunidad la posibilidad de que preste declaración. SEGUNDO: Que comparece Wilson Rodríguez Rodríguez, Juez Suplente del Primer Juzgado Civil de Santiago e informa lo siguiente: “1.- Que a folio 128, mediante resolución de fecha 28 de Abril del año en curso, el Tribunal al pronunciarse sobre el otrosí del escrito de la ejecutante de 5 de Abril de 2022, folio 84, rechazó solicitud de declarar la rebeldía de los testigos por improcedente; 2.- Que, a folio 130, con fecha 3 de mayo de 2022, la solicitante recurrió en contra de la resoluc
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 188, 203 y 205 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso de hecho interpuesto por Ruth Israel López, Abogada Procurador Fiscal de Santiago, del Consejo de Defensa del Estado, en contra de resolución de fecha 2 de junio de 2022 dictada en autos rol C-2227-2021, caratulados “Servicio de Salud Araucanía Norte con AVLA S.A.G.R.” del Primer Juzgado Civil de Santiago, la que se deja sin efecto declarándose en su lugar que, se concede el recurso de apelación deducido en el folio 130 de la carpeta electrónica de primera instancia en solo efecto devolutivo, debiendo remitirse todos los antecedentes de la causa mediante interconexión, a fin de proceder a la vista del presente libelo. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Civil-8072-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, uno de septiembre de dos mil veintidós. Al folio 8: téngase presente. PRIMERO: Que comparece Ruth Israel López, Abogada Procurador Fiscal de Santiago, del Consejo de Defensa del Estado, e interpone verdadero recurso de hecho respecto de resolución dictada con fecha 2 de junio de 2022 en autos rol C-2227-2021, caratulados “Servicio de Salud Araucanía Norte con AVLA S.A.G
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