ESTRADA/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACION
Rol
Fecha
1 de septiembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparecen don Claudio Quiroga Hinojosa y doña Romina Moreno Ruz, abogados, quienes interponen recurso de protección en nombre y a favor de Elizabeth Xiomara Estrada Jiménez, ecuatoriana, en contra del Departamento de Extranjería y Migración, por la ilegal y arbitraria omisión de pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva presentada, afectando los derechos garantizados en el artículo 19 en su números 2 y 3 de la Constitución Política de la República, es decir, igualdad ante la ley y el debido proceso. Señalan que la recurrente envió solicitud de permanencia definitiva el 19 de septiembre de 2020, adjuntando toda la documentación requerida para dicho trámite, transcurriendo más de un año a la fecha de la presentación del recurso, sin que el Departamento recurrido haya pronunciado resolución alguna al respecto, demora que considera excesiva. Se refieren latamente a la reglamentación de la tramitación de permanencia definitiva. Sostienen que la intervención de la Administración a través del Departamento de Extranjería y Migración debe ceñirse en su actuación a los principios de celeridad, inexcusabilidad, conclusivo, contrariedad, y economía procedimental. Citan los artículos 4, 7, 14, 17, 41, 27 y 16 de la referida Ley N° 19.880. Aseveran que la recurrida ha infringido la garantía constitucional de igualdad ante la ley consagrada en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, dándole al recurrente un trato desigual con respecto a otros solicitantes, a los que encontrándose en iguales circunstancias o incluso menos favorables les fue otorgada la permanencia definitiva, mientras que a la recurrente aún no se ha realizado la respuesta ante su solicitud y a su vez, dicho actuar constituye una privación, perturbación o amenaza del legítimo ejercicio de un derecho fundamental como lo es residir libremente en el país. En virtud de lo expuesto, piden que se acoja la acción de protección y s
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se acoge la acción constitucional de protección interpuesta en favor de Elizabeth Xiomara Estrada Jiménez, en contra del Departamento de Extranjería y Migración, hoy Servicio Nacional de Migraciones, a objeto de restablecer el imperio del derecho, sólo en cuanto, se ordena a la autoridad recurrida, dar curso a la tramitación de la solicitud de permanencia definitiva del recurrente, dentro del plazo de 30 días hábiles, adoptándose una decisión definitiva sobre el particular. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Protección-41429-2021 Pronunciada por la Cuarta Sala, integrada por la Ministra señora Paola Danai Hasbun Mancilla, el Ministro (S) señor Rodrigo Ignacio Carvajal Schnettler y el Abogado Integrante señor Rodrigo Antonio Montt Swett. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, uno de septiembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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C.A. Santiago Santiago uno de septiembre de dos mil veintidós VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparecen don Claudio Quiroga Hinojosa y doña Romina Moreno Ruz, abogados, quienes interponen recurso de protección en nombre y a favor de Elizabeth Xiomara Estrada Jiménez, ecuatoriana, en contra del Departamento de Extranjería y Migración, por la ilegal y arbitraria omisión de pronunciamiento
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