SIN INFORMACION

CASSINA/ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS S.A.

Rol

Fecha

1 de septiembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don diego Agustín Aburto Lobos, abogado, quien actuando a favor y en representación, de doña Ximena Francisca Cassina Flores, interpone recurso de protección en contra de la Isapre Colmena Golden Cross S.A., por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en la aplicación de la tabla de factor de riesgo o de grupo familiar por concepto de su hijo no nacido e incorporado como carga beneficiaria a su plan de salud, cobrando, entonces, un precio improcedente, afectando con ello las garantías constitucionales consagradas en los numerales 2, 9 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Funda su recurso, señalando que con la recurrente se ha visto en la necesidad de incorporar a su plan de salud a su hijo antes de nacer en las condiciones impuestas por la Isapre recurrida, debiendo suscribir el Formulario Único de Salud (FUN) de manera forzada para que no quedara sin cobertura. Luego, explica que la Isapre recurrida procedió a aplicar la denominada tabla de factores de riesgo que ha sido derogada por el Tribunal Constitucional, toda vez que con fecha 06 de agosto de 2010, mediante sentencia dictada en la causa ROL N° 1710 -10 -INC, publicada en el Diario Oficial de fecha 09 de Agosto de 2010, declaró la inconstitucionalidad y, en consecuencia, derogó los numerales 1°,2°,3° y 4° del inciso tercero del artículo 38 ter de la Ley N° 18.933 (actual artículo 199 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2006), norma que facultaba a las Isapres para aplicar tablas de factores de edad y sexo, a fin de determinar el valor de los contratos de salud. Agrega que, si bien la Isapre recurrida antes de la derogación de la norma legal, podía aplicar la tabla de factores para efectos de incorporar una nueva carga legal como consecuencia del nacimiento de un nuevo hijo(a), ello ya no es posible en la fecha de suscripción del respectivo Formulario Único de Notificación, ya que la ley no contemplaba tal posibilida

Fallo

por tanto de carácter integrantes del contrato de salud suscrito entre la Isapre y la recurrente. En definitiva, solicita que se ordene a la Isapre recurrida que deje sin efecto la aplicación de la tabla de factores mencionada, con costas. Segundo: Que, mediante resolución de fecha 22 de febrero de 2022, dado que la Isapre recurrida no ha evacuado el informe solicitado, se prescindió del mismo y se ordenó traer los autos en relación. Tercero: Que, el recurso de protección de garantías constitucionales, consagrado en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye una acción cautelar o de emergencia, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos preexistentes, que en esa misma disposición se enuncian, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, amague o moleste ese ejercicio. Luego, es requisito indispensable de la acción de protección la existencia, por un lado, de un acto u omisión ilegal -esto es, contrario a la ley- o arbitrario -producto del mero capricho o voluntad de quien incurre en él- y que provoque algunas de las situaciones que se han indicado. Cuarto: Que, resolver el conflicto planteado mediante este arbitrio importa determinar si el alza del precio de salud de la recurrente conforme a la tabla de factores aplicada constituye, a esta fecha, un actuar ilegal y/o arbitrario de la recurrida y, por tanto, si ese proceder afectó o amenaza garantías

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, uno de septiembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don diego Agustín Aburto Lobos, abogado, quien actuando a favor y en representación, de doña Ximena Francisca Cassina Flores, interpone recurso de protección en contra de la Isapre Colmena Golden Cross S.A., por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en la aplicación d

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