BORRERO/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACION
Rol
Fecha
1 de septiembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparecen don Claudio Quiroga Hinojosa y Romina Moreno Ruz, quienes interponen recurso de protección en nombre y a favor de Danelly Jennireeth Borrero Fernández, venezolana, cédula de identidad para extranjeros número 24.609.337-7, en contra del Departamento de Extranjería y Migración, por la ilegal y arbitraria omisión de pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva presentada. Señalan que la recurrente envió su solicitud el 19 de junio de 2020, adjuntando toda la documentación requerida para dicho trámite, transcurriendo más de un año a la fecha de presentación del recurso, sin que el Departamento recurrido haya pronunciado resolución alguna al respecto, demora que consideran excesiva. Explican que esa demora excesiva le trajo perjuicios a la actora, tales como el no poder sacar la ampliación de su permanencia definitiva en trámite desde agosto de 2020, así como tampoco puede realizar diligencias ante notaría o municipalidades o acceder al sistema financiero para la adquisición de una vivienda. Se refieren latamente a la reglamentación de la permanencia definitiva. Sostienen que la intervención de la Administración a través del Departamento de Extranjería y Migración debe ceñirse en su actuación a los principios de celeridad, inexcusabilidad, conclusivo, contrariedad y economía procedimental. Citan los artículos 4, 7, 14, 17, 41, 27 y 16 de la Ley N° 19.880. Aseveran que la recurrida ha infringido la garantía constitucional de igualdad ante la ley consagrada en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, dándole a la recurrente un trato desigual con respecto a otros solicitantes a los que, encontrándose en iguales o menos favorables circunstancias, les fue otorgada la permanencia definitiva, en cambio la recurrente aún no ha obtenido respuesta a su solicitud. En virtud de lo expuesto, piden que se acoja la acción de protección y se ordene a la recurrida resolver la solicitud de permane
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se acoge, sin costas, la acción constitucional interpuesta en favor de Danelly Jennireeth Borrero Fernández, en contra del Departamento de Extranjería y Migración, hoy Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto, se ordena a la autoridad recurrida, como medida para restablecer el imperio del derecho, dar curso a la tramitación de la solicitud de permanencia definitiva, dentro del plazo de treinta días hábiles, adoptándose una decisión definitiva sobre el particular. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-39191-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, uno de septiembre de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparecen don Claudio Quiroga Hinojosa y Romina Moreno Ruz, quienes interponen recurso de protección en nombre y a favor de Danelly Jennireeth Borrero Fernández, venezolana, cédula de identidad para extranjeros número 24.609.337-7, en contra del Departamento de Extranjería y Migración, por
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