VALEUS/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO SUBSECRETARIA DE INTERIOR-SERVICIO
Rol
Fecha
1 de septiembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece doña Sandra Riquelme Reyes, abogada, en favor de Assedson Valeus, haitiano, interponiendo acción constitucional de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por la omisión arbitraria e ilegal consistente en no emitir pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva, presentada el 10 de septiembre del año 2020, conculcando el derecho fundamental de igualdad ante la ley consagrado en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Fundando la acción expone que el actor ingresó al país en el año 2018, estando en el país cambió su condición migratoria a residente temporario, por lo que el 10 de septiembre del año 2020, solicitó el beneficio migratorio de permanencia definitiva, según consta en solicitud N°10379243., sin embargo a la fecha no ha recibido ninguna comunicación por parte de extranjería, lo que la mantiene en una situación de incertidumbre y preocupación. En cuanto a la ilegalidad y arbitrariedad de la omisión recurrida, señala que ésta se produce por el excesivo tiempo en la tramitación y en dar respuesta a la solicitud de permanencia definitiva, ya que habiendo transcurrido más de un año desde su presentación solo presenta un avance de 51%. Añade que obtener la residencia definitiva es requisito para que sus hijos puedan ingresar a Chile, pues debido a que su residencia temporal se encuentra ya vencida, no le es posible acceder a la visa de reunificación familiar que el ordenamiento chileno permite por razones humanitarias. Explica que su cónyuge y madre de sus dos pequeños falleció, por lo que debió dejarlos al cuidado de familiares temporalmente y en tal sentido, el arribo de los menores de edad a Chile es de suma urgencia, lo que se suma a la compleja situación política y social que atraviesa Haití, al acaecimiento de un terremoto de 7,2 grados y la inclemencia climática de las torm
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas citadas, en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se acoge, sin costas, la acción de protección deducida en favor de Assedson Valeus, en contra el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, sólo en cuanto se ordena a este último se pronuncie sobre la petición de permanencia definitiva del recurrente a la mayor brevedad posible, a fin de dar curso progresivo a la tramitación como en derecho corresponda. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección- 41042-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, uno de septiembre de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece doña Sandra Riquelme Reyes, abogada, en favor de Assedson Valeus, haitiano, interponiendo acción constitucional de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por la omisión arbitraria e ilegal consi
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