MOVITECNIA CHILE SPA/CASTILLO
Rol
Fecha
1 de septiembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Santiago Montt Vicuña, abogado, en favor de MOVITECNIA CHILE SPA, sociedad del giro industrial, RUT N° 77.063.248-K, representada legalmente por Juana Burgos García, ambos domiciliados en Profesoras Católicas N° 7565, comuna de Cerrillos, e interpone acción constitucional de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de Cerrillos y Sergio Castillo Sepúlveda, Director de Obras de dicho municipio, por el acto que considera ilegal y arbitrario consistente en la dictación de la resolución exenta N° 800/256/2021 de 20 de octubre de 2021 y el ordinario N° 800/856/2021, de noviembre del mismo año, por medio de las cuales se invalidó totalmente el permiso de edificación N° 4130/2021 de 26 de agosto de dicha anualidad, lo que vulneraría las garantías fundamentales consagradas en el artículo 19 N° 2, 3 y 24 de la Constitución Política de la República. Expone que la recurrente es dueña del inmueble ubicado en calle Profesoras Católicas N° 7565, comuna de Cerrillos, en el cual se emplazan sus oficinas comerciales y un galpón de almacenamiento de equipos de carga. En relación a dicho inmueble, obtuvo el permiso de edificación N° 4130/2021 el 28 de agosto de 2021, para una obra nueva con una superficie de 605,62 m2 y de dos pisos de altura, destinado a equipos, oficinas comerciales, galpón y almacenamiento. Alega que dicho permiso fue dejado sin efecto totalmente por las resoluciones ya individualizadas, omitiéndose completamente el requisito de dar audiencia al interesado, en términos de permitir a la recurrente presentar fundamentos para influir en la decisión final de la autoridad en su favor. Plantea que el fundamento de la invalidación fue que la zona en que se emplaza el proyecto corresponde a una zona residencia mixta, en la que no está permitido bodegas inofensivas en calles de ancho menor a quince metros entre líneas oficiales, siendo del caso que calle Profesoras Católicas tiene un ancho de sólo diez metros. Alega que este actuar contraviene el artículo 53 de la Ley N° 19.880, que para la invalidación de un acto exige la audiencia previa del interesado, pues no se notificó a la recurrente la denuncia que se tuvo a la vista para adoptar la decisión, ni se le confirió plazo alguno para efectuar descargos u oportunidad para presentar pruebas. En definitiva, estima que no existió un proceso previo legalmente sustanciado. Así, el acto recurrido es evidentemente ilegal, y además sería arbitrario porque sin haberse oído al interesado la decisión carece de racionalidad, obedeciendo a una decisión mecánica, automatizada, carente de reflexión. Como consecuencia de lo anterior, estima que el acto invalidatorio del permiso adolece de nulidad. Agrega que la ilegalidad también se configura por infracción a los principios de contradictoriedad, imparcialidad y transparencia consagrados en la Ley N° 19.880. Afirma que se vulnera la garantía del debido proceso, pues no existió notificación alguna en el proceso que culm
Fallo
Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en los artículos 19, N° 2 y 24, y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge, la acción constitucional de protección interpuesta en favor de MOVITECNIA CHILE SPA, en contra de la Ilustre Municipalidad de Cerrillos y de Sergio Castillo Sepúlveda y, en consecuencia, se dejan sin efecto los actos recurridos consistentes en la resolución exenta N° 800/256/2021 de 20 de octubre de 2021, y el ordinario N° 800/856/2021 de noviembre del mismo año, quedando en consecuencia retrotraído el procedimiento de invalidación del Permiso de Edificación Nº 4130/2021, de fecha 26/08/2021 al estado de dar cumplimiento al trámite de audiencia previa que exige el artículo 53 de la Ley N° 19.880. Redacción del ministro señor Matías de la Noi. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N° Protección 41.733-2021.
Texto Completo (Preview)
Santiago, uno de septiembre de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Santiago Montt Vicuña, abogado, en favor de MOVITECNIA CHILE SPA, sociedad del giro industrial, RUT N° 77.063.248-K, representada legalmente por Juana Burgos García, ambos domiciliados en Profesoras Católicas N° 7565, comuna de Cerrillos, e interpone acción constitucional de protección en contra de la I
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