JUZGADO DE GARANTIA DE PUERTO MONTT

MP C/ JUAN GABRIEL ALMONACID URIBE

Rol

Fecha

30 de agosto de 2022

Materia

RECEPTACION DE VEHICULOS MOTORIZADOS

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS El mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que en el presente estadio procesal existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y la participación que en ellos le pudo caber a los imputados en relación a las imputaciones particulares formuladas a su respecto. A su vez, en relación a la necesidad de cautela contenida en la letra c) de la citada norma, ella solamente se puede ver cumplida con la medida cautelar de prisión preventiva, estimándose que la libertad de los imputados constituye un  peligro para la seguridad de la seguridad y además existe peligro de fuga, atendida la naturaleza de los delitos por los cuales han sido formalizados, el número y gravedad de los mismos, sus formas de comisión, las penas asociadas los mismos; su eventual forma de cumplimiento y el hecho de haber actuado en grupo o pandilla; por estas consideraciones, se confirma  la resolución dictada en audiencia de  fecha 22 de agosto de 2022 por Cristian Arturo Alfonso Durruty Juez titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de los imputados Sergio Andrés Ibarra Vargas y de Pablo René Bujes Guerra. Devuélvase por interconexión.  Rol Penal N°596-2022.

Fallo

por estas consideraciones, se confirma  la resolución dictada en audiencia de  fecha 22 de agosto de 2022 por Cristian Arturo Alfonso Durruty Juez titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de los imputados Sergio Andrés Ibarra Vargas y de Pablo René Bujes Guerra. Devuélvase por interconexión.  Rol Penal N°596-2022.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, treinta de agosto de dos mil veintidós. VISTOS El mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que en el presente estadio procesal existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y la participac

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