GEORGES LEA/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN
Rol
Fecha
30 de agosto de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece doña Lea Rose Linda Georges, de nacionalidad haitiana, interponiendo acción constitucional de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por la omisión arbitraria e ilegal consistente en no emitir pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva, presentada el 29 de mayo de 2020, conculcando el derecho fundamental de igualdad ante la ley consagrado en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, en concordancia con el artículo 27 de la Ley N°19.880. Fundando la acción expone que vive en Chile legalmente y se encuentra a la espera de la residencia definitiva hace más de dos años. Alega que ha pagado multas y enviado todos los documentos que el recurrido le ha solicitado, sin embargo éste no ha emitido un pronunciamiento respecto de su petición, por lo que se encuentra en un estado migratorio precario. Pide que esta Corte adopte las medidas necesarias a fin de otorgarle protección. Segundo: Que, comparece don Javier Muñoz Reyes, abogado del Servicio Nacional de Migraciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, en representación de don Álvaro Bellolio Avaria, jefe del precitado Departamento, evacuando el informe requerido, solicitando su rechazo en todas sus partes, ya que no se configuran los presupuestos constitucionales ni legales para su interposición, debiendo ser considerada como improcedente al no existir acto u omisión de la autoridad que pueda ser calificado como tal y que atente en contra de alguna de las garantías consagradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República. Posteriormente, con fecha 29 del presente, el recurrido amplió su informe, indicando que la permanencia definitiva pretendida por doña Lea Rose Linda Georges, le fue concedida mediante la Resolución Exenta N°22258500, de 22 de junio de 2022. Tercero: Que recurrentemente se viene sostenie
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas citadas, en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza por haber perdido oportunidad, la acción de protección deducida en favor de doña Lea Rose Linda Georges, en contra el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N° Protección- 41820-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, treinta de agosto de dos mil veintidós. A folio 9: A sus antecedentes. Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece doña Lea Rose Linda Georges, de nacionalidad haitiana, interponiendo acción constitucional de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por la omisión arbitraria e il
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