SIN INFORMACION

GMPG INGENIERIA Y CONSTRUCCION LTDA/JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES

Rol

Fecha

30 de agosto de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Con fecha 13 de abril de 2022, comparece el abogado Oscar Fernando Rivera Vega, interponiendo recurso de protección en favor de la Sociedad GMPG Ingeniería y Construcción SpA, representada legalmente por don Alejandro Galleguillos Riffo, ambos domiciliados en calle Encomenderos N° 200, oficina 311, de la comuna de Las Condes, en contra de la Junta Nacional de Jardines Infantiles de la Región de O´Higgins, representada por doña Lilia Victoria Liluy Vicencio, ambos domiciliados para estos efectos en calle Estado N° 531, de la comuna de Rancagua, por el acto arbitrario e ilegal de efectuar el cobro de Pólizas de Seguro de Garantía y Endosos, por incumplimiento de contrato, efectuado a la Sociedad Contempora Compañía de Seguros Generales S.A. Para contextualizar su recurso, señala que el día 7 de abril del presente año, su representada fue notificada, vía correo electrónico, por parte de la Sociedad Contempora Compañía de Seguros Generales S.A., específicamente por doña Betty Villamizar B., en su calidad de Jefa de Siniestros de la compañía antes referida, de la solicitud efectuada por la recurrida, de proceder al cobro de las pólizas N° 014070 y 015022 de “Fiel Cumplimiento del Contrato a la Vista” y “Correcto Uso de Anticipo”, respectivamente, por un monto total equivalente $186.535.976.- (ciento ochenta y seis millones quinientos treinta y cinco mil novecientos setenta y seis pesos), correspondiente al proyecto “CONSTRUCCION SALA CUNA Y JARDÍN INFANTIL SANTA MARÍA, MACHALÍ”, correspondientes a la licitación ID N° 1575-22-LR20, cuyo mandante es la JUNJI. Indica que su parte ha sido notificada del proceso de término anticipado del citado contrato por parte de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, encontrándose a la fecha en proceso de análisis el recurso de reposición con jerárquico en subsidio que ha deducido, los que se fundan, en primer término, en el hecho de que su parte presentó una solicitud de aumento de plazo, la que fue rechazada sin que hasta l

Fundamentos

fundamentos del recurso que señala” interpuesto por SOCIEDAD GMPG INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN SpA, con fecha 24 de marzo del año 2022. Con fecha 19 de mayo de 2022, comparece el abogado don Octavio Rubio Leiva, en representación de la recurrida, solicitando que el recurso sea desestimado en todas sus partes, con costas. Indica que su representada, en el marco del programa para la construcción y expansión de establecimientos de educación parvularia, dictó la Resolución Exenta N° 015/404, de fecha 27 de julio del 2020, de dicha Dirección Regional de O´Higgins, mediante la cual se aprobó el uso de las bases administrativas y técnicas tipo, junto a sus respectivos anexos, para la contratación del Diseño de Especialidades y Construcción de Sala Cuna y Jardín Infantil del proyecto denominado “Santa María”, de la comuna de Machalí, y para cuyos fines se llamó a Licitación Pública bajo el ID N° 1575-22-LR20 en portal web www.mercadopublico.cl, la que fue adjudicada a la recurrente por Resolución Exenta N° 015/521 de fecha 25 de septiembre del 2020 de la Dirección Regional de O´Higgins de la JUNJI. Expone que como consecuencia de lo expuesto, se celebró el contrato de diseño de especialidades y ejecución de obras de construcción de sala cuna y jardines infantiles para la construcción de Sala Cuna y Jardín Infantil “Santa María” en la comuna de Machalí, con fecha 21 de octubre del 2020, entre la Junta Nacional de Jardines Infantiles y GMPG Ingeniería y Construcción SpA, aprobado por Resolución Exenta N° 015/626 de 23 de octubre del 2020 y regularizada por Resolución Exenta N° 015/39 de 20 de enero del 2021, ambas de la Dirección Regional de Junji. Posteriormente y mediante Resolución Exenta N° 015/708, de fecha 30 de noviembre del 2020, de la Dirección Regional de O´Higgins de la JUNJI, se autoriza la entrega de anticipo por la suma de $99.430.279 al contratista y mediante Resolución Exenta N° 015/128, de fecha 2 de marzo del 2022, de la Dirección Regional de O´Higgins de la JUNJI, se aprobó la modificación del contrato suscrito entre las partes, en cuya virtud se aumentó la vigencia del contrato en 150 días corridos y se estipuló como nuevo valor del contrato la suma de $536.754.486 por concepto de aumento de obras y ejecución de obras extraordinarias. Añade que, posteriormente y mediante Resolución Exenta N° 015/134, de fecha 3 de marzo del 2022, de la Dirección Regional de O´Higgins de JUNJI, se rechazó el aumento de plazo solicitado por la empresa contratista, la cual se publica en el portal de www.mercadopublico.cl en la Licitación ID 1575-22-LR20 y luego se notifica presencialmente el día 11 de marzo de 2022, cuyo registro queda en el Libro de Obra N°04, Folio 23. Señala que el contratista hizo entrega de la Póliza de Seguro N° 14070, de fecha 30 de septiembre de 2020, emitida por Contempora Seguros Generales, por un monto de 2.598 U.F., cuya glosa expresa “En garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, código BIP 30363130-0. Licitación

Fallo

se declara admisible el recurso y se pide informe al recurrido. A folio N°6 la recurrente acompaña: Copia de Ordinario N° 15 de JUNJI Región O´Higgins, que “Envía cobro de pólizas de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y de Anticipo del contrato de Construcción del Proyecto Sala Cuna y Jardín Infantil Santa María de Machalí, con Licitación N° 1575-22-LR20”, recibido en Oficina de Partes de Contempora Compañía de Seguros Generales S.A., con fecha 8 de abril de 2022 y Copia de “Recurso de reposición y en subsidio recurso jerárquico para que se deje sin efecto resolución que indica y se emita pronunciamiento sobre los fundamentos del recurso que señala” interpuesto por SOCIEDAD GMPG INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN SpA, con fecha 24 de marzo del año 2022. Con fecha 19 de mayo de 2022, comparece el abogado don Octavio Rubio Leiva, en representación de la recurrida, solicitando que el recurso sea desestimado en todas sus partes, con costas. Indica que su representada, en el marco del programa para la construcción y expansión de establecimientos de educación parvularia, dictó la Resolución Exenta N° 015/404, de fecha 27 de julio del 2020, de dicha Dirección Regional de O´Higgins, mediante la cual se aprobó el uso de las bases administrativas y técnicas tipo, junto a sus respectivos anexos, para la contratación del Diseño de Especialidades y Construcción de Sala Cuna y Jardín Infantil del proyecto denominado “Santa María”, de la comuna de Machalí, y para cuyos fines se

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Rancagua, treinta de agosto de dos mil veintidós. VISTOS: Con fecha 13 de abril de 2022, comparece el abogado Oscar Fernando Rivera Vega, interponiendo recurso de protección en favor de la Sociedad GMPG Ingeniería y Construcción SpA, representada legalmente por don Alejandro Galleguillos Riffo, ambos domiciliados en calle Encomenderos N° 200, oficina 311, de la comuna de Las Condes, en contra de

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