CARLOS CORONA ROJAS EN REPRESENTACION DE RUBEN ESTAY OYANEDEL /SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DE QUILLOTA
Rol
Fecha
30 de agosto de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto y considerando. Primero: Que a folio 1, comparece don Carlos Corona Rojas, abogado, por el ejecutado agraviado en los autos de primera instancia incoados ante el Segundo Juzgado de Letras en lo Civil de Quillota, caratulados “SCOTIABANK CHILE S.A./ESTAY”, Rol C-343-2020, deduciendo recurso de hecho respecto de la resolución dictada en los autos singularizados con fecha 23 de mayo de 2022, del cuaderno de incidente de nulidad de lo obrado, que negó lugar al recurso de apelación subsidiario interpuesto por su parte con fecha 12 de mayo del presente, contra la resolución de fecha 6 de mayo del presente año, del cuaderno principal, por extemporáneo. Segundo: Que, a folio 6, evacua informe doña Patricia Zavala Astudillo, Jueza Titular del 2º Juzgado de Letras de Quillota. Indica que el abogado Sr. Carlos Corona Rojas, por la demandada, en juicio ejecutivo caratulado “Scotiabank Chile con Estay”, ROL Nº C-343-2020, deduce recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 23 de mayo de 2022, que denegó recurso de apelación subsidiario por extemporáneo, solicitando se enmiende conforme a derecho. Hace presente que la resolución recurrida se dictó el 6 de mayo de 2022 y dedujo el recurso el día 12 del mismo mes y año. Señala que examinados los antecedentes, consta a folio 17 del cuaderno de incidente de nulidad que se interpone recurso de reposición con apelación subsidiaria el día 12 de mayo de 2022 en contra de la resolución dictada a folio 22 del cuaderno principal con fecha 06 de mayo de 2022, siendo denegado el recurso de apelación por extemporáneo por resolución de folio 22 de 23 de mayo de 2022, dictada en el cuaderno de incidente de nulidad de lo obrado. Agrega que habiéndose deducido dentro de plazo legal el recurso debió ser admitido a tramitación. Tercero: Que, atendido el mérito de los antecedentes y especialmente lo informado por la Juez doña Patricia Zavala, el presente recurso será acogido. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuest
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 196 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso de hecho interpuesto a folio 1 por don Carlos Corona Rojas, en representación de la parte ejecutada, en contra de la resolución de veintitrés de mayo de dos mil veintidós, que no concedió el recurso de apelación subsidiario en contra de la resolución de fecha seis de mayo del presente año y en consecuencia se concede el recurso de apelación subsidiario deducido, en el solo efecto devolutivo, debiendo el Tribunal a quo remitir por interconexión las piezas pertinentes para conocer y resolver el recurso de apelación, a fin de generar el número de ingreso respectivo. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad, debiendo dejarse copia de esta sentencia en la causa rol que se genere para conocer del recurso de apelación concedido. Comuníquese lo resuelto al 2° Juzgado de Letras de Quillota. Regístrese, notifíquese y archívese. Rol N° 1490-2022.-
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C.A. de Valparaíso Valparaíso, treinta de agosto de dos mil veintidós. Visto y considerando. Primero: Que a folio 1, comparece don Carlos Corona Rojas, abogado, por el ejecutado agraviado en los autos de primera instancia incoados ante el Segundo Juzgado de Letras en lo Civil de Quillota, caratulados “SCOTIABANK CHILE S.A./ESTAY”, Rol C-343-2020, deduciendo recurso de hecho respecto de la resoluc
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