SIN INFORMACION

INVERSIONES GASTRONÓMICAS DE CHILE SPA/JACOB

Rol

Fecha

31 de agosto de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando Primero: Que el abogado Rodrigo Ignacio Zegers Quiroga, en representación de Inversiones Gastronómicas de Chile spa, R.U.T. 77.182.941-4, del giro de su denominación, ambos domiciliados para esto efectos en Avenida Alonso de Córdova N° 4355, piso 14, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, de conformidad con la letra d) del artículo 151 de la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, ha interpuesto reclamo de ilegalidad municipal en contra del Decreto Alcaldicio N° 727/2021 de fecha 6 de julio de 2021, notificado con igual fecha, que rechazó el reclamo de ilegalidad municipal interpuesto en sede administrativa en contra del Decreto Alcaldicio N°459, de fecha 26 de abril de 2021, que a su vez rechazó la solicitud de patente de alcoholes ingresada en la Sección de Patentes Comerciales de la Ilustre Municipalidad de La Serena por Inversiones Gastronómicas con fecha 11 de enero de 2021, sin exponer los motivos del rechazo, encontrándose obligado por ley a fundarlo. Funda el reclamo de ilegalidad en los argumentos siguientes, refiriéndose primero a los antecedentes comerciales de la solicitud de la patente. Luego señala que, con fecha 11 de enero de 2021, su representada INVERSIONES GASTRONÓMICAS solicitó una patente de expendio de bebidas alcohólicas correspondiente a la letra C) del artículo 3° del giro Restaurante de la Ley N° 19.925 respecto del Inmueble. Señala que esta nueva solicitud de patente de alcoholes se efectuó conforme a la Ordenanza Municipal de la Serena N°92 de fecha 19 de enero de 2018, Ordenanza Sobre Otorgamiento de Patentes de Alcoholes que establece un procedimiento reglado en el Título II, Del Procedimiento, artículos 16 a 25 inclusive, cuya copia se acompaña en un otrosí. Este procedimiento comienza mediante una solicitud del interesado ante la Sección de Patentes Comerciales, donde se deben acompañar una serie de documentos y antecedentes (artículo 16° de la Ordenanza), y que su representada INVERSIONES GASTRONÓMICAS cumplió con fecha 11 de enero de 2021. Luego, conforme al artículo 17° de la Ordenanza, la Sección de Patentes Comerciales debe requerir informe a la Junta de Vecinos del Sector, así como informe a Carabineros de Chile. También solicita informe la Dirección de Obras Municipales sobre asuntos de su competencia. Posteriormente, el artículo 19 de la Ordenanza señala que el expediente administrativo se remite desde la Sección de Patentes Comerciales al Secretario Municipal y a la Dirección de Asesoría Jurídica, para su presentación ante el Concejo Municipal en su sesión más próxima. Indica que hasta este punto el procedimiento se llevó a cabo sin vicios de legalidad. Luego, conforme al artículo 20° de la Ordenanza, se señala que, de acuerdo con el expediente administrativo recabado, el Concejo Municipal (integrado por diez Concejales y el Alcalde) aprobará o rechazará, en primera instancia, la solicitud de patente de alcoholes, señalando

Fallo

fallo y luego sobre el fondo del asunto señala que según consta del Decreto N°727, de fecha 6 de julio de 2021, dictado por el Señor Alcalde de la I. Municipalidad de La Serena, don Roberto Jacob Jure, se rechazó el reclamo de ilegalidad deducido por Inversiones Gastronómicas de Chile SPA, representada por don Rodrigo Ignacio Zegers Quiroga y don Pablo Ignacio Jorquera Olave, en contra del Decreto Alcaldicio N°459, de fecha 26 de abril de 2021, que rechazó la solicitud de patente de Alcoholes presentada por el interesado, desprendiéndose de dicho Decreto N°727, que dicho rechazo se fundamenta en esencia en que no se alcanzó el quorum que la ley exige para la aprobación de un asunto sometido a conocimiento y acuerdo del órgano colegiado. Que, conforme al inciso segundo, del artículo 11 de la Ley N° 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Organos de la Administración del Estado “Los hechos y fundamentos de derecho deberán siempre expresarse en aquellos actos que afectaren los derechos de los particulares, sea que los limiten, restrinjan, priven de ellos, perturben o amenacen su legítimo ejercicio, así como aquellos que resuelvan recursos administrativos”. A su vez, el inciso primero, del artículo 16 de dicha ley, señala que “El procedimiento administrativo se realizará con transparencia, de manera que permita y promueva el conocimiento, contenidos y fundamentos de las decisiones que se adopten en él.”. Finalmente el

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Inversiones Gastronómicas de Chile SpA. Jacob Jure, Roberto. Reclamo de ilegalidad municipal Rol N° 23-2021 La Serena, treinta y uno de agosto de dos mil veintidós. Vistos y considerando Primero: Que el abogado Rodrigo Ignacio Zegers Quiroga, en representación de Inversiones Gastronómicas de Chile spa, R.U.T. 77.182.941-4, del giro de su denominación, ambos domiciliados para esto efectos en Av

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