VERA/CORPORACIÓN EDUCACIONAL EL BOSQUE
Rol
C-3373-2020
Fecha
31 de diciembre de 2020
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: 1. Con fecha 19 y 21 del presente mes las partes, presentaron sus respectivas objeciones a la liquidación practicada en autos con fecha 15 de diciembre pasado. Ambas partes en sus presentaciones indican que la base de cálculo respecto de la trabajadora Daniela Vera Lagos, se encuentra alterada por cuanto solo procede el cobro en estos autos del 30% del recargo que fuera fijado por la sentencia definitiva dictada en sede laboral correspondiente al monto nominal de $2.402.777.- 2 Que al efectuar un análisis de la liquidación en cuestión, se aprecia efectivamente, que respecto de la trabajadora, por ambas partes mencionada, se encuentra ingresada la suma de $6.792.579.- por concepto de indemnización por años de servicio, prestación a la cual no fue condenada la ejecutada, ya que en la sentencia definitiva remitida a esta sede para su cumplimiento se condenó al demandado respeto de la Señora Vera solo al pago del recargo. Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 469 del Código del Trabajo, se acogen las objeciones planteadas por las partes, ordenándose en consecuencia que se elimine la prestación correspondiente a indemnización por años de servicio que respeto de doña Daniela Vera Lagos se cobra, hecho se practique una nueva reliquidación del crédito de autos por la Unidad respectiva. RIT: C-3373-2020 RUC: 19-4-0170723-1 Proveyó el(la) Juez(a) del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Santiago a treinta y uno de diciembre de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Ivb 2020-12-31T17:18:53-0300 Firma Firma 1
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 469 del Código del Trabajo, se acogen las objeciones planteadas por las partes, ordenándose en consecuencia que se elimine la prestación correspondiente a indemnización por años de servicio que respeto de doña Daniela Vera Lagos se cobra, hecho se practique una nueva reliquidación del crédito de autos por la Unidad respectiva. RIT: C-3373-2020 RUC: 19-4-0170723-1 Proveyó el(la) Juez(a) del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Santiago a treinta y uno de diciembre de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Ivb 2020-12-31T17:18:53-0300 Firma Firma 1
Texto Completo (Preview)
NTPYSRWQCX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.hora
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