MARDONES/SÁNCHEZ
Rol
Fecha
5 de septiembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1° Que, el inciso 1° del artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales establece, entre los requisitos de admisibilidad del recurso de queja, que las faltas o abusos graves que lo motivan se hayan cometido en una sentencia definitiva o interlocutoria que ponga término al juicio o haga imposible su continuación y que no sea susceptible de recurso alguno, ordinario o extraordinario. 2° Que, del análisis del recurso se desprende que la resolución en contra de la cual se recurre de queja no pone termino al procedimiento o hace imposible su continuación, razón por la cual el presente recurso no será admitido a tramitación. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 545, 548 y 549 letra a) del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto con fecha dieciséis de agosto del año en curso, al folio N°1 de estos antecedentes. Archívese. N°Civil-12065-2022. Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Marisol Rojas Moya, e integrada por la Ministra señora Inelie Duran Madina, y por el Ministro (s) señor Carlos Hidalgo Herrera.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto con fecha dieciséis de agosto del año en curso, al folio N°1 de estos antecedentes. Archívese. N°Civil-12065-2022. Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Marisol Rojas Moya, e integrada por la Ministra señora Inelie Duran Madina, y por el Ministro (s) señor Carlos Hidalgo Herrera.
Texto Completo (Preview)
chv C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, cinco de septiembre de dos mil veintidós. Proveyendo al folio N°3: A sus antecedentes el certificado acompañado, y, con su mérito, se tiene por cumplido lo ordenado por resolución de diecinueve de agosto del presente año. Vistos y teniendo presente: 1° Que, el inciso 1° del artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales establece, entre los requi
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica