NAVARRETE/MARILEO
Rol
Fecha
29 de agosto de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Comparece ENRIQUE VELOZO CONTRERAS, abogado en representación del Sr. Director Regional de Gendarmería de Chile, Región de la Araucanía, en el caso Ruc: 2100529035, Rit: 607-2021, del Juzgado de Letras y Garantía de Collipulli Caratulado “MINISTERIO PUBLICO COLLIPULLI C/ NN”, quien dice: Que interpone recurso de hecho en contra de la resolución pronunciada por el Juzgado de Letras y Garantía de Collipulli de fecha 23 de Junio de 2022, que declara no ha lugar al Recurso de Reposición y Apelación en Subsidio deducido por Gendarmería de Chile por improcedente, por medio del cual se solicitaba dejar sin efecto lo ordenado por el Tribunal de Garantía de Collipulli, quien resolvió que en los traslados de la imputada doña CAROLINA DEL CARMEN MARILEO SARAVIA, tanto hacia el Tribunal a sus audiencias judiciales, como a los controles médicos a los que debe someterse, tanto de carácter dental como de carácter ginecológico se utilicen medidas cortas de seguridad. ANTECEDENTES.- 1.- Con fecha 15 de junio de 2022 la Jueza de letras y garantía de Collipulli resuelve en Audiencia de Cautela de Garantías, que la Interna Imputada CAROLINA DEL CARMEN MARILEO SARAVIA en sus traslados hacia el Establecimiento Penal ordena a la Jefatura de dicha Unidad la utilización de medidas cortas de seguridad. 2.- Es el caso, señalar que a la audiencia expuesta en el punto anterior, Gendarmería de Chile no fue citado a comparecer, teniendo en cuenta que la materia sobre la que versó dicha audiencia era propia de nuestra Institución, ya que versaba sobre una materia contenciosa administrativa, como es el uso de medidas de seguridad a ocupar de una interna sujeta al control de Gendarmería de Chile. 3.- Producto de dicha decisión, Gendarmería de Chile, a través del Alcaide del CDP de Angol, el día 20 de junio de 2022, interpone Recurso de Reposición y Apelación en subsidio a lo resuelto con fecha 15 de Junio de 2022. 5.- Es así que con fecha 23 de junio de 2022, el Tribunal resuelve lo sigu
Fundamentos
FUNDAMENTOS DEL RECURSO I.- El artículo 370 del Código Procesal Penal en su letra a) establece que son apelables las resoluciones dictadas por el Juez de Garantía cuando ponen término al procedimiento o hacen imposible su prosecución, tal es el caso de autos, porque al tratarse de un procedimiento de cautela de garantías que goza de autonomía en cuanto a su naturaleza jurídica en relación con el procedimiento penal, se hace necesaria la procedencia del recurso de apelación , ya que pone termino a este procedimiento, hace imposible su prosecución o lo suspende por más de treinta días y
Fallo
por tanto es susceptible de dicho Recurso conforme a la letra a) del artículo 370 del Código Procesal Penal. (Recurso de hecho Rol 226-2019 Corte Apelaciones de Temuco). II.- El Tribunal señala que Gendarmería de Chile, no es interviniente en dicha causa, y por ello el recurso de apelación es improcedente, pero dicho argumento no razona en base a las facultades legales con la que cuenta nuestra Institución y tampoco considerando que la materia sobre la que se discutió en la Audiencia de Cautela de Garantías es el uso del tipo de medidas de seguridad a utilizar por parte de la Interna Marileo Saravia, materia de un carácter contencioso administrativo, en la cual como Institución tenemos un rol esencial conforme lo establece el DL 2859 Ley Orgánica de Gendarmería de Chile. El Art. 1° señala que Gendarmería de Chile tiene como fin el atender, vigilar y contribuir a la Reinserción Social de las Personas que por resolución de Autoridades Competentes fueran detenidas o privadas de libertad. En su Art. 3° dispone en su numeral 1) “Corresponde a Gendarmería de Chile, en su letra e) indica: e) Custodiar y atender a las personas privadas de libertad en las siguientes circunstancias: 2.- Durante las salidas autorizadas con vigilancia por orden emanada de los tribunales o autoridad administrativa competente. Conforme a la norma legal transcrita, deja de manifiesto la facultad de Gendarmería de Chile en cuanto a la custodia de las personas privadas de libertad. Para operativizar dicha
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, veintinueve de agosto de dos mil veintidós. VISTOS: Comparece ENRIQUE VELOZO CONTRERAS, abogado en representación del Sr. Director Regional de Gendarmería de Chile, Región de la Araucanía, en el caso Ruc: 2100529035, Rit: 607-2021, del Juzgado de Letras y Garantía de Collipulli Caratulado “MINISTERIO PUBLICO COLLIPULLI C/ NN”, quien dice: Que interpone recurso de hecho en c
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica