ANONIMIZADO
Rol
Fecha
29 de agosto de 2022
Materia
ALIMENTOS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: El mérito de los antecedentes, de lo que se desprende que el recurrente efectuó consignaciones anualmente, lo que importa un reconocimiento de la deuda y, por lo tanto, la interrupción de la prescripción alegada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968 se confirma, en lo apelado, la resolución de nueve de junio del año en curso, dictada en los autos RIT C-375-2011 del Juzgado de Familia de Puente Alto Devuélvase. N°Familia-1042-2022.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, a veintinueve de agosto de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: El mérito de los antecedentes, de lo que se desprende que el recurrente efectuó consignaciones anualmente, lo que importa un reconocimiento de la deuda y, por lo tanto, la interrupción de la prescripción alegada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968 se confirma, en lo apelado, la res
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