HERNÁNDEZ/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CALBUCO
Rol
Fecha
29 de agosto de 2022
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
CONFIRMADA, CON DECLARACIÓN
Hechos
VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada y se tiene presente, además:
Fundamentos
Considerando: PRIMERO: Sube en alzada sentencia definitiva de fecha dictada con fecha seis de mayo de 2022 dictada en causa Rol C-187-2019, por don Rodrigo Hernán Riquelme Mendoza, Juez Titular del Juzgado de Letras y Garantía de Calbuco, caratulada “HERN NDEZ/I. MUNICIPALIDAD Á DE CALBUCO”; que acogió demanda de indemnización de perjuicios y condenó a la Ilustre Municipalidad de Calbuco a pagar a la demandante Blanca Ilia Hernández Ojeda, lo siguiente: Por concepto de daño emergente, la suma de $707.550 (setecientos siete mil quinientos cincuenta pesos) y por concepto de daño moral, la suma de $18.750.000 (dieciocho millones setecientos cincuenta mil pesos); más reajustes e intereses, sin costas. Que se ha deducido recurso de apelación por demandante y demandado en contra de dicha resolución. SEGUNDO: El demandante pide que conociendo del presente recurso de apelación enmiende con arreglo a derecho la resolución recurrida, y en definitiva, como primera petición concreta: dé lugar a la indemnización por lucro cesante demandada en razón de $500.000 mensuales desde la ocurrencia de los hechos a lo menos hasta el mes de septiembre de 2025, fecha de la respectiva reevaluación de su representada y, como segunda petición concreta: se aumente la indemnización por concepto de daño moral a la suma de $37.500.000, o la suma que se determine por el Tribunal Superior Jerárquico, con costas. Por su parte, el demandado pide se enmiende con arreglo a derecho la sentencia impugnada, se revoque y se rechace la demanda deducida en todas sus partes; en subsidio, rebaje la suma determinada como daño moral, con costas. RESPECTO DE LA APELACION DE LA DEMANDANTE TERCERO: Que el demandante funda su apelación, avocándose únicamente en la procedencia del lucro cesante y el aumento del monto de indemnización por concepto de daño moral, declarando de manera expresa que: “…solo se centrará en la impugnación de los montos de dinero determinados por US., por concepto de las respectivas indemnizaciones de daños solicitadas por esta parte en su respectiva demanda- es especifico montos por concepto de lucro cesante y daño moral-, concordando con los demás razonamientos de US., plasmados en su sentencia, por cuanto el daño sufrido por mi representado tuvo como causa directa la acción negligente de la parte demandada lo que se tuvo por acreditado en juicio.” Alude en su recurso a los trigésimo quinto a séptimo del fallo, por contener los razonamientos de convicción y procedencia de los montos. Reprocha, en primer lugar, que el tribunal a quo haya rechazado la indemnización por el lucro cesante, sosteniendo que en el juicio quedó acreditado que, a la época de ocurrencia de los hechos, la actora ejercía el oficio de artesana de forma independiente, participando en ferias que se desarrollaban en la comuna de Calbuco en las que vendía sus productos, luego de la ocurrencia de los hechos ya no pudo desarrollar esta actividad de manera permanente o de la misma forma que desarrollaba
Fallo
Por tanto, y teniendo en consideración lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; y normas pertinentes del Código Civil señaladas, se declara: 1.- Que, se confirma la sentencia apelada de fecha seis de mayo de 2022 dictada en causa Rol C-187-2019, por don Rodrigo Hernán Riquelme Mendoza, Juez Titular del Juzgado de Letras y Garantía de Calbuco; caratulada “HERNANDEZ/I. MUNICIPALIDAD Á DE CALBUCO”, con declaración sólo en cuanto: se establece como suma por concepto de daño moral, la suma de $20.000.000 (veinte millones de pesos); más reajustes e intereses, sin costas; manteniéndose íntegramente todo lo demás. 2.- Que no se condena en costas por estimar que los apelantes tuvieron motivos plausibles para litigar. Redacción a cargo de la abogada integrante Margarita Isabel Campillay Caro. Regístrese y devuélvase. Rol Civil 581-2022.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, veintinueve de agosto de dos mil veintidós. VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada y se tiene presente, además: Considerando: PRIMERO: Sube en alzada sentencia definitiva de fecha dictada con fecha seis de mayo de 2022 dictada en causa Rol C-187-2019, por don Rodrigo Hernán Riquelme Mendoza, Juez Titular del Juzgado de Letras y Garantía de Calbuco, caratulada “HERN NDEZ/I. MUNI
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