LOAIZA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PU´BLI
Rol
Fecha
29 de agosto de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: 1°.- Que, comparece Yoselin Coromoto Loaiza Contreras, venezolana, quien interpone acción de protección de garantías constitucionales en contra del Departamento de Extranjería y Migración, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, representado por don Luis Thayer Correa, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva realizada el 05 de septiembre del año 2020 e impedir dicha omisión el principio de igualdad ante la ley, conforme lo establecido en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 19.880. Refiere que ingresó a Chile día 31 de octubre del año 2016, en búsqueda de una mejor calidad de vida. Añade que el día 19 de julio del año 2019 realizó su solicitud de permanencia definitiva, el mismo día le llega un correo electrónico, en el que se le informa que su solicitud de permanencia definitiva se encuentra en trámite, bajo el número de solicitud 931268. Con fecha 15 de diciembre del año 2021 el recurrido le notifica de la resolución exenta N°21501498 informando que se aprueba avance de estado de trámite de solicitud de permanencia definitiva, certificándose conforme se indica. En ésta se señala lo siguiente: “APRUEBESE, el avance de solicitud de permanencia definitiva del extranjero YOSELIN COROMOTO LOAIZA CONTRERAS, nacional de Venezuela, RUN 265019994, certificándose que su trámite se encuentra en la etapa de “Análisis resolutivo” dado lo cual dice que más de 3 años y casi 1 mes la respuesta respecto de mi permanencia definitiva en el país, cumpliendo con todos los presupuestos y requisitos que para estos efectos se han establecido, y es más, pagando los derechos de la permanencia definitiva, pero sin tener la resolución exenta que me la otorga. En definitiva, se advierte que el recurrido, como órgano perteneciente a la Administración Pública, está legalmente obligado a cumplir con los princi
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la excelentísima Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas el recurso de protección interpuesto por YOSELIN COROMOTO LOAIZA CONTRERAS, en contra del Departamento de Extranjería y Migración, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile Notifíquese. En su oportunidad, dese cumplimiento al numeral 14 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, regístrese y, hecho, archívese. Redacción a cargo de la Ministra Titular Paulina Gallardo García. Rol N° 4799-2022 PROTECCIÓN. 1
Texto Completo (Preview)
Chillán, veintinueve de agosto de dos mil veintidós. Visto: 1°.- Que, comparece Yoselin Coromoto Loaiza Contreras, venezolana, quien interpone acción de protección de garantías constitucionales en contra del Departamento de Extranjería y Migración, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, representado por don Luis Thayer Correa, por la omisión ilegal y arbitraria en e
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica