ANONIMIZADO
Rol
Fecha
29 de agosto de 2022
Materia
ALIMENTOS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y teniendo presente Atendido a que los alimentos provisorios para el mes de junio de 2021, se fijaron en la suma de $250.000-. y no en $150.000.- como se menciona en la liquidación objetada, corresponde acceder a lo pedido en el recurso de apelación, en consecuencia, se revoca la resolución en alzada, y se hace lugar a la objeción de la liquidación de deuda por pensión alimenticia, debiendo el tribunal practicar una nueva conforme al valor de $250.000.- para el mes de junio de 2021. Por estas consideraciones, se revoca, en lo apelado la resolución de dieciséis de agosto de dos mil veintiuno,...
Fallo
Por estas consideraciones, se revoca, en lo apelado la resolución de dieciséis de agosto de dos mil veintiuno,...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de agosto de dos mil veintidós. Al folio 7: estése al mérito de lo resuelto en el folio 8. Visto y teniendo presente Atendido a que los alimentos provisorios para el mes de junio de 2021, se fijaron en la suma de $250.000-. y no en $150.000.- como se menciona en la liquidación objetada, corresponde acceder a lo pedido en el recurso de apelación, en consecuenc
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