SIN INFORMACION

SÁEZ/THAYER

Rol

Fecha

29 de agosto de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 28 de junio de 2022, comparece doña María Isabel Sáez Vila, abogada, cédula nacional de identidad N° 15.635.834-7, domiciliada para estos efectos en Av. Circunvalación Paul Harris N°575, comuna de Curicó, Región del Maule, quien viene en representación de don DAVID JESÚS SALCEDO TORO, cédula de identidad para extranjeros N° 27.007.997-0, de nacionalidad venezolana, soltero, empleado, domiciliado en Av. Circunvalación Paul Harris N°575, comuna de Curicó, Región del Maule, en virtud de lo establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y del auto acordado sobre tramitación y

Fallo

fallo del recurso de protección, en interponer acción constitucional de protección contra el SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, representado legalmente por don Luis Eduardo Thayer Correa, cédula nacional de identidad N° 12.627.882-9, por la omisión arbitraria e ilegal en el pronunciamiento de la solicitud de Permanencia Definitiva ingresada por el recurrente con fecha 06 de agosto de 2020, vulnerando las garantías constitucionales establecidas en el artículo 19 N° 1 y N° 2 de la Carta Fundamental. Refiere que, el recurrente, ciudadano venezolano residente en Chile, arribó al país con el fin de asentarse y obtener una mejor calidad de vida, de la cual se había visto privada a raíz de la prolongada crisis política y humanitaria en Venezuela, crisis que, dicho sea de paso, ha sido constatada innumerables veces por organismos internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR). Añade que, con fecha 06 de agosto de 2020, dentro del plazo señalado en el N° 3 del artículo 129 del Decreto Supremo N° 597 de 1984, su representado postuló a la permanencia definitiva debido a que cumplía con todos los requisitos necesarios para dicho beneficio. Su solicitud número: 8354658 fue acogida a trámite sin observación alguna. No obstante, habiendo transcurrido 1 año y 11 meses desde que se realizó la solicitud de permanencia definitiva, la recurrida no se ha pronunciado sobre ésta, prolongando de manera

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Talca, veintinueve de agosto de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 28 de junio de 2022, comparece doña María Isabel Sáez Vila, abogada, cédula nacional de identidad N° 15.635.834-7, domiciliada para estos efectos en Av. Circunvalación Paul Harris N°575, comuna de Curicó, Región del Maule, quien viene en representación de don DAVID JESÚS SALCEDO TORO, cédula de identid

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