SIN INFORMACION

JOSE ALEMAN BETANCO / DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DE INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA DE CHILE

Rol

Fecha

29 de agosto de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Comparecen Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa, abogados, en favor de José Gregorio Alemán Betanco, empleado, nacionalidad venezolana, cédula de identidad para extranjeros N°26.251.475-7, domiciliado para estos efectos en Milán N°1437, Comuna San Miguel, quien recurre de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, por la omisión ilegal y arbitraria consistente en la falta de pronunciamiento de su solicitud de permanencia definitiva, omisión que afecta su derecho a la igualdad ante la ley, asegurado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, lo que también transgrede los artículos 7, 9, 23, 24 y 27 de la Ley 19.880. Exponen que la recurrente realizó solicitud de permanencia definitiva en Chile el 21 de noviembre del 2021 y, desde esta última fecha, no ha recibido ninguna respuesta por parte del ente recurrido, lo que lo mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre ante un trámite demorado. Sostienen que la omisión es arbitraria e ilegal toda vez que a la fecha de interposición de su recurso ha transcurrido un tiempo excesivo sin que la autoridad administrativa se pronuncie sobre la solicitud formulada, actuar que infringe lo dispuesto en la Ley 19.880. Solicitan que se acoja el presente recurso ordenando al recurrido pronunciarse sobre la solicitud de permanencia definitiva en cuestión, adoptando las providencias que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho, con costas. Segundo: Que informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción. Indica que efectivamente el 21 de noviembre de 2021 la recurrente solicitó el beneficio de permanencia definitiva, dictándose el 06 de enero de 2022 la Resolución Exenta N°22009465 en la que se aprueba el avance del trámite a la etapa de “Inicio en trámite”, de conformidad a la circular N°12 del Servicio

Fallo

por tanto perturbación alguna a los derechos de la extranjera, toda vez que su solicitud se encuentra actualmente en tramitación. Tercero: Que el recurso de protección de garantías constitucionales establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos que en esa misma disposición se enumeran, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, amague o perturbe ese ejercicio. Cuarto: Que, por consiguiente, constituye presupuesto indispensable de la acción cautelar de protección la existencia de un acto u omisión ilegal -contrario a la leyó arbitrario -producto del mero capricho de quienes incurren en él-, que provoque alguna de las situaciones que se han indicado y que afecte, además, una o más de las garantías constitucionales protegidas por el referido artículo 20 de la Carta Fundamental. Quinto: Que por la presente vía se denuncia de ilegal y arbitraria la omisión de pronunciamiento por parte del Servicio Nacional de Migraciones en relación a la solicitud de permanencia definitiva de 21 de noviembre del 2021, efectuada hace 9 meses y 8 días Sexto: Que, según se desprende de los antecedentes, ha transcurrido en exceso el plazo para que la autoridad recurrida se pronuncie sobre la solicitud que se le planteara sin que a la fecha lo haya hecho. Séptimo: Que, en consecuenc

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintinueve de agosto de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Comparecen Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa, abogados, en favor de José Gregorio Alemán Betanco, empleado, nacionalidad venezolana, cédula de identidad para extranjeros N°26.251.475-7, domiciliado para estos efectos en Milán N°1437, Comuna San Miguel, quien recurre de protección

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica