NOBILI/TRANSP. ASTUDILLO E HIJAS S.A.
Rol
C-414-2020
Fecha
17 de diciembre de 2020
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
Santiago, diecisiete de diciembre de dos mil veinte. A lo principal: como se pide, estese a lo que se resolver .á Al primer otros :í t ngase presente.é Al segundo otros : í encontr ndose incorporados al proceso los instrumentosá que se ofrece, conforme lo resuelto con fecha 29 de julio pasado, no ha lugar, por innecesario. Atendido el m rito de autos, t ngase por evacuado en rebeld a del actor, elé é í traslado que le fuere conferido con fecha 29 de julio de 2020, respecto de incidencia promovida por la ejecutada en presentaci n de fecha 23 de julio de 2020.ó Resolviendo derechamente la petici n contenida A LO PRINCIPAL yó PRIMER OTROS de la presentaci n de fecha 23 de julio de 2020,Í ó formulada por la ejecutada, de tener presente pago de cotizaciones de seguridad social y objeci n a la liquidaci n del cr ditoó ó é : A lo principal: t ngase presente, en lo que proceda conforme a derecho.é Al primer otros : í teniendo presente que el argumento vertido por la ejecutada, no se condice con las causales que tornan procedente el instituto jur dicoí de la Objeci nó , previstas en el art culo 469 del C digo del Trabajo, se í ó RECHAZA la objeci n planteada, por existir congruencia entre la liquidaci n de cr ditoó ó é practicada en autos, y el t tulo ejecutivo fundante de la presente ejecuci n.í ó No obstante lo anterior,
Fundamentos
considerando lo resuelto con fecha 28 de mayo de 2020, y el m rito de los instrumentos é aportados por la parte ejecutada, consistentes en comprobantes de pago expedidos por Fonasa, ACHS, AFP HABITAT, en concordancia con comprobante de env o por Correos de Chile, de carta enviada alí trabajador con fecha 23 de julio de 2020; constituyen antecedentes a partir de los cuales resulta suficientemente acreditado el pago de las cotizaciones de seguridad social por el periodo de septiembre de 2017, sobre la base de una remuneraci nó mensual de $667.964, conforme lo ordenado en el t tulo de la ejecuci n, raz n por laí ó ó cual se ACOGE la petici n formulada por la ejecutada, en el sentido de ó tener presente el pago que refiere y por convalidado el despido con fecha 23 de julio de 2020; por corresponder dicha data a aqu lla en que se habr a comunicadoé í el pago de las cotizaciones adeudadas, de conformidad a lo expuesto en el art culoí 162 del C digo de Trabajo. ó XKEYSESQKY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl En raz n de lo expuesto, se ordena proceder a la reliquidaci n del cr dito,ó ó é incluyendo las remuneraciones sancionatorias hasta la fecha precedentemente aludida, a saber, 23 de julio de 2020. RIT: C4142020 RUC: 17400697337 Provey el (la) Juez del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsionaló de Santiago, quien suscribe con firma electr nica avanzada.ó En Santiago, diecisiete de diciembre de dos mil veinte, se notific por eló estado diario la resoluci n precedente.ó Itc. 2020-12-17T19:11:42-0300 Firma Firma 1
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Santiago, diecisiete de diciembre de dos mil veinte. A lo principal: como se pide, estese a lo que se resolver .á Al primer otros :í t ngase presente.é Al segundo otros : í encontr ndose incorporados al proceso los instrumentosá que se ofrece, conforme lo resuelto con fecha 29 de julio pasado, no ha lugar, por innecesario. Atendido el m rito de autos, t ngase por evacuado en rebeld a del act
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