SIN INFORMACION

CORREA / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

26 de agosto de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiséis de agosto de dos mil veintidós. Visto. A folio 1, comparece don Jorge Correa Fuentes, abogado, en favor de don Joel Aristide, haitiano, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria del pronunciamiento sobre solicitud de permanencia definitiva Nº 3813541, de fecha 01 de febrero de 2022. Lo anterior, por impedir dicha omisión el principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27 de la ley N° 19.980. Indica que han transcurrido 6 meses, sin que a la fecha haya recibido alguna respuesta por parte de la recurrida, cabe destacar que mes a mes ha verificado su solicitud por el portal web de del Servicio Nacional de Migraciones y su estado de solicitud no se encuentra disponible, situación que lo ha mantenido en una constante preocupación e incertidumbre, toda vez que sin perjuicio de contar con la autorización para ejercer actividades remuneradas mientras se encuentre en análisis la solicitud de permanencia definitiva, dicha demora implica una inestabilidad emocional y un estado de indefensión. Solicita en definitiva se acoja el presente recurso y se ordene al recurrido pronunciarse sin más trámite respecto de su solicitud. A folio 6, evacua informe el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando desde ya el rechazo del presente recurso en todas sus partes ya que no se configuran los presupuestos constitucionales ni legales para su interposición, debiendo ser considerado como improcedente al no existir acto u omisión de la autoridad que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal que atente en contra de alguna de las garantías reconocidas en el artículo 19 de la Constitución Política de la República, y protegidas por la presente acción. Indica que el recurrente ingresó por primera vez al país con fecha 13 de septiembre de 20

Fundamentos

considerando que solo medió un día hábil entre dicha fecha y la interposición del recurso, no es posible advertir ilegalidad en la omisión que se reclama, toda vez que el recurrido se encuentra conociendo numerosas solicitudes de regularización migratoria, presentadas con antelación a la que motiva el presente recurso, las que se verían postergadas de acogerse la acción acá deducida, motivos por los cuales resulta forzoso rechazar el presente arbitrio.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de protección interpuesto en favor de Joel Aristide, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. No sujeta a anonimización. N°Protección-128282-2022. En Valparaíso, veintiséis de agosto de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiséis de agosto de dos mil veintidós. Visto. A folio 1, comparece don Jorge Correa Fuentes, abogado, en favor de don Joel Aristide, haitiano, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria del pronunciamiento sobre solicitud de permanencia definitiva Nº 3813541, de fecha 01 de febrero d

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