15º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BANCO FALABELLA/DÍAZ (LTE)

Rol

Fecha

26 de agosto de 2022

Materia

OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: No habiéndose señalado por el ejecutado los medios de prueba de que se valdría para acreditar sus excepciones, como lo exige el artículo 465 de Código de Procedimiento Civil, y encontrándose vencido el término probatorio, se revoca la resolución de fecha dieciséis de junio de dos mil veintidós, dictada por el 15° Juzgado Civil de Santiago, en los autos Rol C-31417-2018 y, se decide en cambio, que se dejan sin efecto las diligencias probatorias decretadas en su oportunidad, debiendo el tribunal a quo citar a las partes para oír sentencia. Devuélvase. N°Civil-9689-2022.

Fallo

se decide en cambio, que se dejan sin efecto las diligencias probatorias decretadas en su oportunidad, debiendo el tribunal a quo citar a las partes para oír sentencia. Devuélvase. N°Civil-9689-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de agosto de dos mil veintidós. Vistos: No habiéndose señalado por el ejecutado los medios de prueba de que se valdría para acreditar sus excepciones, como lo exige el artículo 465 de Código de Procedimiento Civil, y encontrándose vencido el término probatorio, se revoca la resolución de fecha dieciséis de junio de dos mil veintidós, dictada por el 15° Juzgad

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