JUZGADO DE GARANTIA DE VIÑA DEL MAR

MINISTERIO PÚBLICO C/ WILLIAM ALEXIS VEGA FIGUEROA

Rol

Fecha

26 de agosto de 2022

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y oído: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado, teniendo especialmente presente el documento incorporado en esta instancia por la defensa, consistente en declaración jurada de fecha 23 de agosto de 2022, estiman estos sentenciadores que no existen antecedentes suficientes, por ahora, para tener por cumplido el requisito establecido en la letra a) del artículo 140 del Código Procesal Penal, y, de conformidad con lo prevenido en el artículo 149 del mismo cuerpo normativo, se revoca la resolución de veinte de agosto de dos mil veintidós, que dispuso la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado William Alexis Vega Figueroa, la que queda sin efecto. Dese orden de libertad inmediata en favor de William Alexis Vega Figueroa, si no estuviere privado de ella por otro motivo Notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y devuélvase. N°Penal-1941-2022.

Texto Completo (Preview)

ahd C.A. de Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a veintiséis de agosto de dos mil veintidós, se da inicio a esta audiencia a las 09:41 horas, ante la Segunda Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, modalidad Videoconferencia, siendo presidida por la Ministra Sra. Silvana Donoso Ocampo e integrada por la Ministra Suplente Sra. Claudia Parra Villalobos y el Abogado Integrante

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