SIN INFORMACION

DÍAZ / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

26 de agosto de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: A folio 1, comparece Alessandro Acerbi Godoy, licenciado en ciencias jurídicas, deduciendo acción de protección a favor de Israel Antonio Díaz Donaire, venezolano, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre su solicitud de permanencia definitiva, por impedir dicha omisión el principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 número 2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6, 7, 8, 9, 14, 24 y 27 de Ley 19.880. Indica que el recurrente, con fecha 19 de noviembre de 2021, presentó su solicitud de permanencia definitiva; sin embargo han transcurrido más de nueve meses, sin obtener respuesta alguna por parte de la entidad recurrida. Por lo expuesto, solicita se acoja la presente acción, dictando previamente la orden de pago correspondiente, la solicitud de Permanencia definitiva del recurrente, dictando el acto administrativo final que en derecho corresponda, en el plazo de 15 días, o, en el que vuestra Ilustrísima Corte fije al efecto. A folio 4, informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción. Indica que con fecha de fecha 27 de febrero de 2022, se aprueba el avance del estado de trámite de la solicitud de permanencia definitiva de la recurrente, señalando que se encuentra en Análisis Resolutivo, de conformidad a circular N° 12 de 24 de noviembre de 2021, del Servicio Nacional de Migraciones. En consecuencia, el actor mantiene situación migratoria regular en el territorio nacional, pudiendo hacer ingreso y egreso del país sin limitaciones y transitar libremente por éste. A folio 5, se ordenó traer los autos en relación. 06-08-2021.ecurrente:a: 04-08-2021 como residente temporario,le. a la fecha,, para que remita copia de las cartolas bancarias dCON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO. Primero: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del

Fallo

Por lo expuesto, solicita se acoja la presente acción, dictando previamente la orden de pago correspondiente, la solicitud de Permanencia definitiva del recurrente, dictando el acto administrativo final que en derecho corresponda, en el plazo de 15 días, o, en el que vuestra Ilustrísima Corte fije al efecto. A folio 4, informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción. Indica que con fecha de fecha 27 de febrero de 2022, se aprueba el avance del estado de trámite de la solicitud de permanencia definitiva de la recurrente, señalando que se encuentra en Análisis Resolutivo, de conformidad a circular N° 12 de 24 de noviembre de 2021, del Servicio Nacional de Migraciones. En consecuencia, el actor mantiene situación migratoria regular en el territorio nacional, pudiendo hacer ingreso y egreso del país sin limitaciones y transitar libremente por éste. A folio 5, se ordenó traer los autos en relación. 06-08-2021.ecurrente:a: 04-08-2021 como residente temporario,le. a la fecha,, para que remita copia de las cartolas bancarias dCON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO. Primero: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la eventual omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida, en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva. Segundo: Que, por su parte, la recurrida solicitó el rechazo de este arbitrio, puesto que la solicitud en cuestión se encuentra act

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C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiséis de agosto de dos mil veintidós. Visto: A folio 1, comparece Alessandro Acerbi Godoy, licenciado en ciencias jurídicas, deduciendo acción de protección a favor de Israel Antonio Díaz Donaire, venezolano, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre su solicitud de permanencia definitiva, por

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