KATHERINE OLIVIA ALEJANDRA FLORES BURGOS CONTRA SAMUEL EDUARDO POBLETE BRUNO
Rol
Fecha
26 de agosto de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1.- Que, el Fiscal Adjunto de la Fiscalía local de Talcahuano, don Matías Arellano Troncoso, apeló de la resolución dictada el 6 de julio último, dictada por doña Humilde Silva Gaete, Jueza Titular del Juzgado de Garantía de dicha ciudad en causa RIT 1826-2022 por Robo por Sorpresa, que denegó conceder orden de detención solicitada por su parte, en contra del imputado Samuel Eduardo Poblete Bruno. Pide que, acogiéndose su recurso, esta Corte enmendando conforme a derecho dicha resolución, la revoque y en definitiva se decrete la detención judicial del referido imputado, para ser conducido a primera audiencia a la presencia de ese tribunal, a fin de ser formalizado. 2.- Que, funda su recurso, expresando que mediante denuncia de la víctima doña Katherine Flores Burgos de 8 de julio de 2019, se puso en conocimiento de esa fiscalía, el delito de robo por sorpresa cometido en su contra por un sujeto que, al bajarse del taxibus en el que ambos viajaban y al abrirse la puerta, se lanzó sorpresivamente sobre ella, quitándole el celular marca Huawei de sus manos, huyendo en dirección desconocida, hecho ocurrido el 6 de julio de 2019 en horas de la noche. Indica que la Bicrim de Talcahuano, en informe de 22 de abril de 2020, logró identificar al imputado Poblete Bruno, como el autor de dicho delito, en base a las cámaras de seguridad del taxibus del día en que se cometió el hecho, estableciendo la efectividad del mismo, como la cantidad de participantes; añade que en informe policial 3044 de 29 de diciembre de 2021, se realizan otras diligencias, tales como tomar contacto con la ofendida, efectuar un reconocimiento fotográfico, exhibiéndole a ésta 4 kardex, reconociendo de inmediato a Samuel Eduardo Poblete Bruno, aduciendo que le vio bien el rostro y que no lo olvidará nunca; refiere que una vez averiguado el domicilio del imputado en el Registro Civil, concurrieron a dicho inmueble el 2 de diciembre de 2021, no siendo atendidos. Manifiesta que con los antecedentes reunidos, su parte estima pertinente solicitar orden de detención en contra de Poblete Bruno, para así asegurar su comparecencia a la audiencia de formalización, existiendo un evidente peligro de fuga, ya que en caso de condena, importaría necesariamente un cumplimiento efectivo, atendida la reiteración de delitos de la misma especie y la imposibilidad de acceder a penas sustitutivas por parte de éste, en razón de sus condenas previas, que refiere. Finalmente expresa que esta orden de detención la había solicitado el 10 de junio en curso, siendo desestimada por resolución de 13 del mismo mes y año; que apeló de dicha resolución, pero esta Corte ordenó la designación de un defensor, lo que se cumplió el día 23 de ese mes, llevándose a cabo la audiencia en la que se dictó la resolución recurrida; agregando que el proceso investigativo sólo terminó el 29 de diciembre de 2021 debido a la contingencia sanitaria, por lo que se cumplen las exigencias del inciso 1° del artículo 127 d
Fallo
Por estas consideraciones, citas legales y de conformidad además con lo dispuesto en el inciso final del artículo 127 del Código Procesal Penal, se declara: Que, SE CONFIRMA, la resolución apelada de seis de julio de dos mil veintidós, dictada por la Juez del Juzgado de Garantía de Talcahuano, que rechazó la solicitud de decretar orden de detención y de entrada y registro en contra del imputado Samuel Eduardo Poblete Bruno. Regístrese e incorpórese a la carpeta de antecedentes. Léase en la audiencia del día fijado para tal efecto. Redacción de la ministra Vivian Toloza Fernández. No firma la ministra suplente Claudia Montero Céspedes, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por encontrarse con permiso. Rol RPP: 728-2022
Texto Completo (Preview)
Concepción, veintiséis de agosto de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1.- Que, el Fiscal Adjunto de la Fiscalía local de Talcahuano, don Matías Arellano Troncoso, apeló de la resolución dictada el 6 de julio último, dictada por doña Humilde Silva Gaete, Jueza Titular del Juzgado de Garantía de dicha ciudad en causa RIT 1826-2022 por Robo por Sorpresa, que denegó conceder orden de detenció
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