SIN INFORMACION

GUTIÉRREZ/COMISION LIBERTAD CONDICIONAL 1 SEMESTRE 2022

Rol

Fecha

26 de agosto de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/COMUNICAR

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Primero: Que comparece Paulina Robles Campos, Abogada de Defensoría Penal Pública Penitenciaria, en representación del condenado Juan Gutiérrez Rojas, privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Talca, quien recurre de amparo correctivo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por acto ilegal, ejecutado mediante resolución fecha 22 de abril de 2022 que rechazó conceder la Libertad Condicional del amparado. Manifiesta que su representado se encuentra cumpliendo condena de 10 años y 1 día de presidio mayor en su grado medio por el delito consumado de homicidio simple. Indica que inicio su condena es el día 18 de noviembre 2014 y termina el día 19 de noviembre 2024. El tiempo mínimo de postulación corresponde al 19 de noviembre 2019. Explica que la Comisión de Libertad Condicional decidió rechazar, por mayoría, la petición de Libertad Condicional por cuanto del informe Técnico de Postulación Psicosocial elaborado por Gendarmería de Chile, “consta que el postulante cuenta con diversos antecedentes penales pretéritos, participó en el programa de reinserción social, no observándose avances significativos, evidenciando disposición ambivalente en la participación de la mayoría de las distintas sesiones, presentando oscilaciones en su motivación, dificultando la internalización de conocimientos. En general, su desempeño denota falta de interés, no desplegando todas sus capacidades, por lo que no ha desarrollado un análisis exhaustivo respecto de las acciones que debe realizar para cambiar su vida. Luego de tres años de intervención y su participación en programa de reinserción social, mantuvo un adecuado comportamiento frente a las actividades laborales y hacia las normas e interacción positiva con pares y autoridad. El solicitante tiende a justificar su conducta con base en sus carencias familiares, ausencia de control y supervisión, vinculación desde temprana edad a pares procriminales, siendo socializado bajo la distorsión cognitiva

Fundamentos

considerandos anteriores, esta Corte considera que la Comisión obró dentro de la esfera de sus atribuciones y facultades legales, en virtud de lo prevenido en el D.L. N 321 y en base a los antecedentes personales del amparado, cuya negativa a otorgarle la libertad condicional se ajusta a los parámetros legales y reglamentarios, de modo que no existe un acto ilegal atribuible a la referida Comisión.

Fallo

por tanto se trata de un beneficio intrapenitenciario que se le otorga como prueba de que una persona que está cumpliendo condena privada de libertad ha tenido avances en su proceso de reinserción social, indica que la interpretación de los datos expuestos en la resolución de rechazo no fue acertada ya que el fundamento se basa en elementos no contemplados por Gendarmería de Chile, desconociendo los progresos y avances del amparado los que detalla. Refiere que existe una decisión arbitraria, toda vez que la Comisión de Libertad Condicional no consideró aquellos elementos del informe psicosocial y los demás antecedentes tenidos a la vista que dan cuenta de que el amparado presenta avances significativos en su proceso de reinserción social, además este informe psicosocial no da cuenta de ningún antecedente categórico que permita orientar sobre factores de riesgo de reincidencia del amparado que impidan reconocer su posibilidad de reinsertarse a la sociedad. Agrega que el otorgamiento del beneficio de Libertad Condicional, aseguraría a su representado la intervención profesional que requiere para disminuir su riesgo de reincidencia y trabajar sus necesidades de intervención, tal y como lo señala el inciso primero artículo 22 del decreto 338, toda vez que con el nuevo reglamento, se asegura la continuidad de la intervención iniciada en el sistema cerrado de Gendarmería de Chile, en este sentido los artículos 24 y 26 y cita jurisprudencia en ese sentido. Concluye solicitando aco

Texto Completo (Preview)

C.A. de Talca Talca, veintiséis de agosto de dos mil veintidós. Visto: Primero: Que comparece Paulina Robles Campos, Abogada de Defensoría Penal Pública Penitenciaria, en representación del condenado Juan Gutiérrez Rojas, privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Talca, quien recurre de amparo correctivo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por acto ilegal, ej

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