CORREA/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACION (HERNANDEZ CARDENAS)
Rol
Fecha
25 de agosto de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Jorge Andrés Correa Fuentes, abogado, quien interpone recurso de protección en favor de don Hernán Horacio Hernández Cárdenas, de nacionalidad venezolana y en contra del Servicio Nacional de Migraciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por la omisión, que considera ilegal y arbitraria, de emitir pronunciamiento sobre su solicitud de permanencia definitiva, vulnerando de este modo los derechos fundamentales de igualdad ante la ley, libertad de trabajo y el derecho a desarrollar cualquier actividad económica, consagrados respectivamente, en los números 2°, 16 y 21 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Funda el recurso expresando que el protegido solicitó permanencia definitiva en el año 2019, y sin embargo en la página web de la recurrida su estado no se encuentra disponible, a pesar de que previamente alcanzó un avance de 99%. Arguye que la omisión en el pronunciamiento es ilegal, al infringir el principio de celeridad que obliga a la Administración del Estado y que se encuentra consagrado en los artículos 7, 23 y 24 de la Ley N° 19.880. Prosigue señalando que todo lo anterior infringe el derecho fundamental de igualdad ante la ley, contemplado en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, el que se encuentra en estrecha relación con el derecho a la identidad y a la dignidad de la persona humana. Añade que el recurrente no puede ejercer un trabajo remunerado que le permita apoyar a su cónyuge chileno, y que tampoco puede crear una empresa ni ejercer alguna actividad autorizada por el SII, situaciones que conculcan sus derechos fundamentales relativos a la libertad de trabajo y a desarrollar cualquier actividad económica. Finalmente, solicita acoger el recurso y en definitiva, ordenar al organismo recurrido que emita pronunciamiento en forma inmediata o en el menor tiempo posible, respecto de la solicitud de residencia definitiva presentada
Fallo
Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales. SEXTO: Que atendido lo anterior y teniendo siempre en consideración la naturaleza cautelar del recurso de protección, la aludida extemporaneidad impone necesariamente el rechazo de la acción y hace innecesario e impertinente cualquier mayor análisis en relación a las alegaciones vertidas por los intervinientes. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza, el recurso deducido en favor de Hernán Horacio Hernández Cárdenas. Regístrese, comuníquese y archívese. Protección N° 1177-2022. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Dobra Lusic Nadal, conformada por la Ministra suplente señora Isabel Margarita Zúñiga Alvayay y el Abogado Integrante señor Eduardo Jequier Lehuedé.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veinticinco de agosto de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Jorge Andrés Correa Fuentes, abogado, quien interpone recurso de protección en favor de don Hernán Horacio Hernández Cárdenas, de nacionalidad venezolana y en contra del Servicio Nacional de Migraciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por la omisión, que considera ilegal
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