SIN INFORMACION

VILLANUEVA/ISAPRE BANMEDICA S.A.

Rol

Fecha

25 de agosto de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece doña Jenny Paulina García Muñoz, abogada, quien actuando en favor de doña María Elisa Villanueva Prieto, interpone recurso de protección en contra de la Isapre Banmédica S.A., por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en pretender aplicar un precio mayor al que corresponde a su plan de salud por incorporar en el contrato a su hijo que está por nacer, como carga, vulnerando con ello las garantías constitucionales consagradas en los numerales 2, 9 inciso final y 24 de la Constitución Política de la República. Funda su recurso, señalando que con fecha 02 de diciembre de 2021, inscribió como carga a su hijo que está por nacer suscribiendo el Formulario Único de Notificación – FUN- N° 24089697; en razón de lo cual la Isapre recurrida aumentó el precio de su plan de salud a 6.3480 UF. No obstante, ante la amenaza que su hijo quedara sin cobertura suscribió el respectivo contrato que le impone el nuevo precio mencionado, el cual es completamente improcedente y desproporcionado. En cuanto a la ilegalidad y arbitrariedad arguye que el actuar de la recurrida es ilegal, debido a que la norma que le sirve de sustento ha sido derogada por el Tribunal Constitucional el año 2010, en sentencia dictada en casusa Rol 1710-10-INC, de 06 de agosto de 2010, es decir muchos años antes a que la parte recurrente procediera a incorporar a su hijo que está por nacer como beneficiario de su plan. En efecto, el precio base de su plan ha sido multiplicado por un factor que ha sido obtenido mediante la aplicación de normas derogadas. Y, a su vez, resulta ser un acto arbitrario por carecer de justificación. Luego, esgrime que el resultado de esta derogación por parte del Tribunal Constitucional es que la disposición legal que establecía parámetros o pautas de discriminación por sexo y edad se elimina del ordenamiento jurídico, en virtud de lo cual, la facultad de fijar los precios de los planes de salud, entre otros, ha quedado s

Fallo

por tanto, si ese proceder afectó o amenaza garantías constitucionales protegidas. Quinto: Que, la recurrida no ha controvertido los hechos señalados en el libelo, esto es, que fijó un precio aplicando la tabla de factores, que estima vigente, con lo cual ha reconocido los antecedentes fácticos que sustentan la acción constitucional. Por otro lado, efectivamente la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en la causa Rol Nº1710-2010 declaró inconstitucionales los números 1, 2, 3 y 4 del inciso tercero del artículo 38 ter de la Ley Nº18.933 – actual artículo 199 del DFL Nº 1- permaneciendo vigente la norma según la cual las Isapres serán libres para determinar los factores de cada tabla que empleen, sin que puedan variar para los beneficiarios mientras se encuentren adscritos a un determinado plan de salud ni alterarse la tabla para quienes se incorporen a él. A su vez, el artículo 170, letra m) del DFL Nº 1, de Salud, de 2005, dispone que el precio final que se pague a la Institución de Salud Previsional por el plan contratado, excluido los beneficios adicionales, se obtendrá multiplicando el respectivo precio base por el factor que corresponda al afiliado o beneficiario de conformidad a la respectiva tabla de factores. Sin embargo, aunque las tablas de riesgo no estén derogadas, no pueden ser aplicadas por las Isapres porque no existe el procedimiento para ello, por haber quedado abrogadas las normas que se referían al marco normativo de su estructura, desde luego, a

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de agosto de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece doña Jenny Paulina García Muñoz, abogada, quien actuando en favor de doña María Elisa Villanueva Prieto, interpone recurso de protección en contra de la Isapre Banmédica S.A., por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en pretender aplicar un precio mayor al que c

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica