SIN INFORMACION

CORREA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES (FREDDY MEME)

Rol

Fecha

25 de agosto de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Jorge Andrés Correa Fuentes, abogado, quien interpone recurso de protección en favor de don Freddy Meme, de nacionalidad haitiana, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por la omisión, que considera ilegal y arbitraria, de pronunciarse sobre su solicitud de permanencia definitiva, vulnerando de este modo los derechos fundamentales de igualdad ante la ley, libertad de trabajo y el derecho a desarrollar cualquier actividad económica, consagrados respectivamente, en los números 2°, 16 y 21 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Funda el recurso expresando que el protegido solicitó su permanencia definitiva con fecha 25 de noviembre de 2019, teniéndose por subsanada el 28 de septiembre de 2020. Indica que con fecha 22 de septiembre de 2020, por medio de la solicitud N° 3068636, reiteró la petición de permanencia definitiva y que con fecha 06 de diciembre de 2021 se dictó la resolución exenta N° 21326042 que aprobó el avance del trámite a "Análisis avanzado". Expresa que, sin embargo, no se ha emitido una respuesta por parte de la recurrida y en la página web del Servicio Nacional de Migraciones, se puede apreciar que el estado de la solicitud lleva un 71%, de avance y encontrándose en “Análisis resolutivo”. Explica que la omisión en el pronunciamiento es ilegal, al infringir el principio de celeridad que obliga a la Administración del Estado y que se encuentra consagrado en los artículos 7, 23 y 24 de la Ley N° 19.880. Prosigue señalando que todo lo anterior infringe el derecho fundamental de igualdad ante la ley, contemplado en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, el que se encuentra en estrecha relación con el derecho a la identidad y a la dignidad de la persona humana. Añade que el recurrente no puede ejercer un trabajo remunerado que le permita apoyar a su cónyuge chileno, y que tampoco pu

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza, el recurso deducido en favor de Freddy Meme. Se previene que el abogado integrante Sr. Jequier concurre a la decisión de rechazo del recurso, sin perjuicio de instar a que la autoridad recurrida resuelva la gestión pendiente con la mayor celeridad posible, dictándose el respectivo acto terminal. Regístrese, comuníquese y archívese. Protección N° 23143-2022. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Dobra Lusic Nadal, conformada por la Ministra suplente señora Isabel Margarita Zúñiga Alvayay y el Abogado Integrante señor Eduardo Jequier Lehuedé.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veinticinco de agosto de dos mil veintidós. A folio 8 y 9: a todo, téngase presente y a sus antecedentes. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Jorge Andrés Correa Fuentes, abogado, quien interpone recurso de protección en favor de don Freddy Meme, de nacionalidad haitiana, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública

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