SIN INFORMACION

GUIDO ALBERTO TOLOZA GONZÁLEZ/MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE CONCEPCIÓN

Rol

Fecha

25 de agosto de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDO SIN COSTAS

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: En folio 1, don Mauricio Massa Montoya, defensor penal público, interpone acción constitucional de amparo en favor de don Guido Alberto Toloza González, desconoce profesión u oficio, domiciliado en Hualpén, población 18 de Septiembre, pasaje 1, casa Nº 2937, en contra de la resolución dictada el 9 de agosto del 2022 por los magistrados del Juzgado Oral en lo Penal de Concepción doña Milena Ubilla Carvajal, doña Michelle Bascur Postel y don Reynaldo Oliva Lagos, que no dio lugar a la petición de la defensa de modificar la sentencia definitiva condenatoria de 5 de mayo de 2021 fundado en lo dispuesto en el artículo 18 del Código Penal, en causa RIT 29–2021, en orden a abrir debate acerca de la procedencia de la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, por haber sido promulgada una ley penal más favorable que hace posible la concesión de penas sustitutivas a los condenados por el delito establecido en el artículo 14 de la ley 17798 y solicita: 1.- Que se deje sin efecto la resolución de 9 de agosto de 2022 y se fije nueva fecha para debatir acerca de la concurrencia de los requisitos del artículo 18 del Código Penal y en donde se debata acerca de los requisitos para la concesión de la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, de acuerdo con los artículos 14 y siguientes de ley 18216. 2. Que se adopte cualquiera otra medida para el restablecimiento del derecho. Funda su acción en que la resolución de 9 de agosto de 2022 en audiencia solicitada por la defensa del sentenciado, en orden a que el tribunal modifique la sentencia definitiva al tenor del artículo 18 del Código Penal. La solicitud se basa en que con posterioridad a la sentencia se promulgó la ley 21412 que modifica el inciso 2° del artículo 1° de la ley N° 18216, en el sentido de retirar la prohibición de conceder penas sustitutivas a los condenados a los delitos establecidos en los artículos 8, 9, 10, 13, 14 y 14 D de la ley 17798. La solicitud de la defensa consistió en modificar la sen

Fundamentos

considerando decimoctavo en orden a que no se cumplía con el estándar subjetivo regulado en el n°2 del artículo 15 de la ley 18.216. Sostiene que se interpuso recurso de amparo en contra de los ministros que concurrieron a la vista y

Fallo

fallo del Tribunal Constitucional, no ha sido suficiente para el caso la concesión de la pena sustitutiva sea un instrumento idónea para la efectiva reinserción social del condenado haciendo referencia al fallo condenatorio dictado por el Tribunal Oral en lo Penal en el párrafo segundo del considerando decimoctavo en orden a que no se cumplía con el estándar subjetivo regulado en el n°2 del artículo 15 de la ley 18.216. Sostiene que se interpuso recurso de amparo en contra de los ministros que concurrieron a la vista y fallo rol 964-2021, porque tanto la resolución dictada por el Juzgado de Oral en lo Penal de Concepción como el pronunciamiento de esta Corte en causa rol N°964 2021 incurren en ilegalidad, la de primera instancia porque en las circunstancias en que se encontraba la defensa no le es exigible la incorporación de los antecedentes que alude el artículo 15 n° 2 de la ley 18.216 y la de segunda instancia por cuanto no se hace cargo de las alegaciones, especialmente esta defensa. El recurso de amparo es desestimado por los considerandos tercero y cuarto del fallo y que cita. “Resolución que no compartimos” por cuanto la incorporación de la antecedentes que acrediten que concurren los elementos subjetivos al tenor del artículo 15 de la ley 18.216 le fue imposible a la defensa ya que en la situación que se encontraba su representado a la fecha de la sentencia, hacía imposible la concesión de alguna pena sustitutiva, por no configurarse el elemento objetivo al que alud

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción xsr Concepción, veinticinco de agosto de dos mil veintidós. Vistos: En folio 1, don Mauricio Massa Montoya, defensor penal público, interpone acción constitucional de amparo en favor de don Guido Alberto Toloza González, desconoce profesión u oficio, domiciliado en Hualpén, población 18 de Septiembre, pasaje 1, casa Nº 2937, en contra de la resolución dictada el 9 de agosto del

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica